
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso nuevas prohibiciones de productos que se encontraban a la venta en el país y que presentaban distintas irregularidades.
Entre las medidas publicadas este jueves en el Boletín Oficial se destacan las que afectan a dos marcas de productos de limpieza: Desolimp y Lenis. En ambos casos, el organismo detectó que los artículos no estaban debidamente registrados y que tampoco pudo acreditar la existencia de establecimientos responsables habilitados.

ANMAT prohibió todos los productos de limpieza de la marca Desolimp
A través de la Disposición 5505/2026, la ANMAT prohibió la “elaboración, uso, comercialización, publicidad y distribución de todos los productos domisanitarios de la marca Desolimp”.
La investigación comenzó a partir de una denuncia realizada por un usuario, quien había expresado dudas sobre la legitimidad de los productos.
Durante las actuaciones, la autoridad sanitaria detectó publicaciones en las que se ofrecían distintos artículos de la marca, entre ellos desinfectantes, limpiadores, aguas lavandinas, desengrasantes, insecticidas y productos para piscinas. Sin embargo, las verificaciones oficiales determinaron que los artículos “no se encuentran inscriptos” ante la ANMAT.
La situación también fue consultada con la autoridad sanitaria de Santa Fe. Desde esa jurisdicción informaron que tampoco existían registros provinciales y que el domicilio declarado por la firma en la provincia resultaba inexistente.
Ante estas irregularidades, la ANMAT resolvió prohibir todos los lotes y presentaciones de Desolimp hasta que la empresa pueda regularizar su situación.

La ANMAT también prohibió los productos de limpieza de Lenis
La segunda marca alcanzada por la medida es Lenis. Mediante la Disposición 5506/2026, el organismo prohibió todos sus productos domisanitarios hasta que sean debidamente regularizados.
La prohibición incluye una amplia variedad de artículos:
- Limpiadores
- Desengrasantes
- Repelentes ambientales
- Productos para acabado de superficies
- Desinfectantes
- Aguas lavandinas
- Productos destinados al tratamiento del agua de piscinas.
Según consta en la disposición, los productos “no se encontraban inscriptos ante esta ANMAT”. Además, durante las actuaciones tampoco fue posible identificar “un establecimiento responsable habilitado” relacionado con los artículos.
La consulta realizada ante la autoridad sanitaria bonaerense también tuvo resultado negativo respecto de registros provinciales vigentes. De esta manera, la ANMAT dispuso el retiro de todos los productos comercializados bajo la marca Lenis hasta que puedan cumplir con los requisitos sanitarios correspondientes.

Productos estéticos y rellenos faciales también fueron prohibidos por ANMAT
Las medidas publicadas por la ANMAT no se limitaron a productos de limpieza. El organismo también prohibió productos médicos inyectables que se ofrecían para tratamientos estéticos.
La Disposición 5486/2026 ordenó prohibir el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todas las presentaciones y lotes identificados como “BIO BELLE. LAB. NOUVELLEVIE” y “BELLE FORME. NEWLIFE LAB”.
La investigación se inició después de la denuncia de una paciente, quien señaló la presunta comercialización de productos médicos inyectables a través de Marketplace y WhatsApp y reportó daños luego de su aplicación.
Como parte de la presentación, la denunciante aportó capturas de conversaciones con el vendedor, fotografías de los presuntos daños en su rostro y datos de una denuncia judicial.
Durante las actuaciones, la ANMAT encontró productos rotulados exclusivamente en idioma inglés y constató que los sistemas oficiales arrojaban “resultados negativos respecto del registro de productos bajo la denominación BIO BELLE”.

Tampoco se encontraron empresas habilitadas bajo las denominaciones “NEWLIFE LAB” o “LAB. NOUVELLEVIE”. Además, la Dirección de Gestión de Información Técnica informó que “no consta habilitación” de las firmas relacionadas con estos productos ni registros de artículos bajo las marcas “BIO BELLE” o “BELLE FORME” en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica.
Por estas razones, la ANMAT prohibió todas las presentaciones y lotes e informó que se dio intervención a las áreas judiciales correspondientes.
ANMAT prohibió un lote de Sculptra por sospechas de falsificación
Otra de las medidas alcanzó a Sculptra, un producto utilizado en tratamientos estéticos. La Disposición 5487/2026 prohibió el uso, comercialización y distribución del producto rotulado como “SCULPTRA®, Poly-L-lactic acid, 2 viales, GALDERMA, lote: 4J1243, Cad./Vto: 11/2028”.
La medida se tomó después de que Galderma Argentina comunicara la detección en el mercado de “unidades presuntamente falsificadas”.
Según informó la empresa, el lote 4J1243 había sido efectivamente elaborado por el fabricante, pero estaba asociado a otra fecha de vencimiento y “no ha sido importado por GALDERMA ARGENTINA S.A. para su comercialización en este país”.
Además, la compañía detectó una diferencia en el envase: el producto sospechoso tenía “un holograma con la letra ‘G’ en el estuche secundario que no existe en las unidades originales”. La ANMAT recordó que Sculptra está clasificado como producto médico de riesgo clase IV, la categoría de mayor riesgo sanitario.

También prohibieron equipos para tratamientos estéticos
A través de la Disposición 5502/2026, la ANMAT prohibió “el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de los productos médicos identificados con la marca Medical Advance”.
La investigación se inició tras detectar la presunta venta por internet de un equipo denominado “Radiofrecuencia Multy-2023 - Medical Advance”, promocionado para “uso estético humano”.
Durante las inspecciones realizadas por el organismo no se logró identificar un establecimiento habilitado relacionado con estos productos. Además, la Dirección de Gestión de Información Técnica informó que “no consta habilitación de la firma ‘MEDICAL ADVANCE Carlos Alberto Amat’ ante esta Administración Nacional”.
Por ese motivo, la autoridad sanitaria sostuvo que se trataba de equipos respecto de los cuales “no es posible acreditar su seguridad” y resolvió prohibir todos los productos médicos comercializados bajo esa marca.
Qué medicamento prohibió la ANMAT
Finalmente, la Disposición 5503/2026 alcanzó a un medicamento identificado como “QUESTRAN - POLVO PARA SUSPENSIÓN ORAL por 2 sobres, lote 0053”.
La prohibición establece “el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto ‘QUESTRAN - POLVO PARA SUSPENSIÓN ORAL por 2 sobres, lote 0053’”.

La medida surgió luego de que Química Ariston denunciara el robo de unidades durante tareas de acondicionamiento realizadas en la planta industrial de Dalban Pharma.
Según el documento oficial, se trataba de “unidades individualizadas de un producto registrado respecto de las cuales se desconoce su condición y estado de conservación”.
Por ese motivo, la ANMAT consideró necesario retirar esas unidades del mercado debido a que no “ser posible asegurar su calidad, seguridad y eficacia”.
La empresa informó que el remanente será reacondicionado bajo la identificación “0053R”, con el objetivo de preservar la trazabilidad del producto legítimo.






















