Legisladores porteños derogaron los artículos de ordenanzas y decretos que permitían el sacrificio de mascotas abandonados en la vía pública si no eran reclamados luego de tres días, a partir de su captura.
Por Canal26
Jueves 27 de Agosto de 2015 - 00:00
Los animales de compañía no podrán ser sacrificados como método de control poblacional en la ciudad de Buenos Aires, según una ley sancionada hoy por la Legislatura porteña que prohíbe la matanza de perros y gatos abandonados.
La ley derogó artículos de ordenanzas y decretos que estaban vigentes y permitían el sacrificio de perros y gatos abandonados en la vía pública si no son reclamados por sus tenedores responsables luego de tres días, a partir de su captura.
La norma, que también declara a Buenos Aires como "Ciudad de Tenencia Responsable de animales domésticos de compañía", fue impulsada por el legislador Edgardo Form (Nuevo Encuentro) y fue aprobada en el recinto por unanimidad.
En los fundamentos, el proyecto destacó que "las ciudades que instrumentaron programas preventivos hace varios años, a partir de implementar la educación para la salud y la tenencia responsable de mascotas, redujeron sensiblemente la población de animales callejeros y mejoraron el trato ético hacia los mismos". Form expresó que "es necesario considerar la esterilización como una cuestión referida a la salud pública, que debe ser garantizada por el Estado, con el fin de controlar la natalidad y regular sanitariamente al animal callejero, sin recurrir a sacrificarlo".
La Legislatura porteña sostuvo en un comunicado que la ley derogó "artículos e incisos de Ordenanzas y Decretos: inciso c del artículo 7º y el artículo 33º de la Ordenanza Nº 41831/CD/87 y el inciso c del artículo 2º del Decreto Nº 7322/MCBA/88".
Esa normativa, sostuvo el texto, adoptaba "como criterio de posibilidad la muerte de perros y gatos hallados en la vía pública, si no son reclamados por sus tenedores responsables luego de tres días a partir de su captura". La matanza de animales como método de control poblacional está prohibida mediante legislación que promueve castraciones masivas y gratuitas en Tierra del Fuego desde 2005, Mendoza (2006), Chaco (2007), Buenos Aires (2008) y San Juan (2009).
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