Por adúltero, deberá indemnizar a su ex esposa con $15 mil

Aunque el hombre ya estaba seperado de la mujer, ella lo demandó por "daño moral" debido a que había formado una nueva pareja antes del divorcio.

Un hombre deberá indemnizar con 15.000 pesos a su esposa, de la cual vivía separado, por el "daño moral" que le produjo al haber formado una nueva pareja antes de conseguir el divorcio, informaron hoy a Télam fuentes judiciales.

Es el segundo caso de este tipo que se da a conocer en menos de 15 días. El 12 de agosto una mujer también tuvo que ser indemnizada por su esposo (en ese caso fueron $30 mil) porque durante el juicio demostró que el pedido de separación le causó daños morales y psicológicos ya que hubo "abandono voluntario y malicioso del hogar".

El fallo fue dictado por la Sala I de la Cámara del fuero civil con el voto de los jueces Carlos Ponce y Delfina Borda, quienes concedieron el divorcio a pedido de la mujer "por culpa exclusiva del marido".

Los magistrados consideraron que el hombre hizo abandono del hogar e incurrió en adulterio tres meses después de la separación de hecho de su cónyuge. Los nombres de los miembros de la pareja disuelta ahora por el divorcio fueron mantenidos en reserva por los informantes, debido a que se trata de un litigio de índole privado, como así también algunos detalles del juicio.

Pero el juez Ponce señaló en su voto que "cualquiera fuera el tiempo que transcurrió desde la separación de hecho, la comprobada relación extramatrimonial" del hombre configuró la causa de "adulterio", una postura que no es compartida por otros
magistrados del fuero.

La pareja resolvió separarse de hecho en junio de 1999, tras una severa crisis, y a los tres meses el marido comenzó a convivir con otra mujer sin tramitar antes el divorcio.

Los camaristas destacaron que, "comprobada la cohabitación del cónyuge, o sea su relación concubinaria apenas unos meses posteriores a la separación, puede inferirse que la relación se inició antes de que el demandado se retirara del hogar conyugal, es decir, cuando aún se hallaba en matrimonio".

Ponce y Borda destacaron que "el deber de fidelidad que impone el matrimonio sólo termina con el divorcio".

La agencia Télam consultó a diversos abogados que trabajan en el fuero civil para conocer sus opiniones acerca del fallo, que no es inédito pero tiene características inusuales.

Gustavo Romano Duffau, abogado civilista, expresó que "el Código Civil es claro con respecto a que quien hace abandono del hogar es considerado causante del divorcio".

"Estas causas no son tan habituales, pero las hay por razones económicas, por enconos personales, porque una de las partes de la pareja no se allana a conceder el divorcio. Las separaciones de hecho no son infrecuentes, pero no es tan común que terminen como en este caso", añadió.

Romano Duffau explicó que hay mecanismo para, en el caso de acordar una separación de hecho, se pueda evitar para el futuro una demanda por abandono del hogar o adulterio. "Los integrantes de la pareja pueden dejar constancia de su acuerdo ante un escribano, o en un juzgado civil o en una seccional de la Policía a través de un acto que se denomina exposición civil por el que se expresa que existe una separación acordada y que los cónyuges ya no van a compartir el hogar", dijo.

A su vez, el abogado Bernardo Nespral, ex juez en lo civil, sostuvo que "el que abandona el hogar siempre es el que pierde". "Nunca, al inicio de un juicio de divorcio, la pareja vive en el mismo domicilio. Sin embargo, en ocasiones la relación es lo suficientemente buena como para que ninguno accione judicialmente contra el otro", añadió.

Nespral señaló que este tipo de fallos no debe sorprender porque "una pareja continúa casada hasta que se concrete el divorcio, con los deberes que ello implica".

En tanto, otro camarista del fuero que habló a condición de que se respete el anonimato, señaló que la opinión de Ponce en el sentido de que los deberes de fidelidad no concluyen antes del divorcio, es "objetivamente acertada".

"Pero muchos de nosotros creemos que, si ha transcurrido un plazo razonable en el que el matrimonio no ha demostrado voluntad de volver a unirse, no se puede estigmatizar al que formó otra pareja", completó. (Télam)