Procesan a médicos por la muerte de Juan Castro
La Justicia procesó a seis médicos por el "homicidio culposo" del periodista Juan Castro, quien murió el 2 de marzo del 2004 tras caer del balcón de su departamento del barrio porteño de Palermo.
Los procesamientos fueron sin prisión preventiva y por el un delito culposo, es decir, cometido sin intencionalidad.
La decisión de la jueza de Instrucción porteña Fabiana Palmaghini recayó sobre el médico personal de Castro, Rubén Lescano; el director de la Clínica Santa Rosa, donde el periodista estuvo internado, Carlos González, y en la médica que autorizó su traslado desde ese centro al Sanatorio Otamendi, Alejandra Abbene.
La magistrada también procesó a Diana Musache, coordinadora médica en la clínica Santa Rosa; a Gabriel Handlarz, médico tratante de Castro, y Alexis Mussa, supervisor de la firma Medicus.
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Palmaghini trabó embargo sobre los bienes de cada uno de los procesados, hasta alcanzar la cifra de tres millones de pesos.
El periodista se arrojó del balcón de su departamento del barrio porteño de Palermo el 2 de marzo de 2004, víctima de un delirio fatal agitado provocado por su consumo crónico de cocaína, y murió tres días después en el hospital Fernández.
Ese fenómeno, de acuerdo con los especialistas que declararon en la causa, "desencadena la muerte por sí mismo, aunque no se produzca accidente alguno", por lo que en el fallo, la jueza descarta que "Juan Castro haya tenido la intención de terminar voluntariamente con su vida" y por ende, que alguien lo haya instigado.
Sin embargo, sí consideró probado que los procesados privaron al periodista "de un tratamiento standard para la adicción a la cocaína -que incluye la internación psiquiátrica-, tratamiento que hubiera disminuido el riesgo de una recaída".
"La acción omitida por los imputados hubiera eliminado o reducido el peligro concretado en el resultado, y por lo tanto el resultado es objetivamente imputable a la omisión que se les atribuye", subrayó Palmaghini.
El 21 de febrero de 2004, Rubén Lescano requirió la internación de Castro "para su seguridad y la de terceros" en la clínica Santa Rosa, donde quedó a cargo de Daniel Mosca, como reemplazante de su psiquiatra de cabecera.
El 22 de febrero, según el fallo "en circunstancias por lo menos irregulares, se le comunica a Lescano que por decisión del paciente dejaba de ser su médico tratante. Al día siguiente, Castro se retiró a efectos de realizar una interconsulta en el sanatorio Otamendi, del que egresa con alta el 25 de febrero y regresa a su domicilio".
"Juan Castro consiguió sin mayor esfuerzo -al serle permitido- sortear la internación dispuesta por Lescano, para sucumbir a la adicción que lo subyugaba", concluyó la jueza.
Las presuntas negligencias de los procesados "habrían impactado desfavorablemente en el estado de salud de Juan Castro, y habrían disminuido la posibilidad de que recibiera el tratamiento médico que demandaba su peligrosidad", agregó.
Todos ellos "tenían la obligación de evitar que el peligro se materializara... De tal suerte, sus inactividades resultan equiparables a la causación positiva imprudente de la muerte de la víctima", remató Palmaghini al dictar los procesamientos.