Dejan libre al padre Grassi pero le prohiben el ingreso a la Fundación
El Tribunal Oral Criminal Nº 1 (TOC 1) de Morón rechazó este lunes dos pedidos de detención contra el sacerdote Julio César Grassi, condenado a 15 años de prisión por abuso sexual, aunque le prohibió el ingreso a la Fundación Felices los Niños.
Así lo resolvieron los jueces Luis Andueza, Jorge Carrera y Mario Gómez, del TOC1, quienes desestimaron sendos pedidos del fiscal que actuó durante el juicio, Alejandro Varela, y de Sergio Piris, representante de "Gabriel", el chico por el cual Grassi recibió una condena a 15 años de cárcel, que fue ratificada ya por la Cámara de Casación Bonaerense.
El Tribunal adelantó que la detención de Grassi recién sería procedente luego que se expida la Suprema Corte de la Provincia, así como la Corte Suprema de la Nación: "el encierro efectivo del encausado sólo puede operar habiéndose agotado la totalidad de instancias ordinarias y extraordinarias con que la ley procesal y los Pactos Internacionales consagran el derecho del encausado a recurrir la sentencia adversa, oportunidad en la que cosa juzgada estabiliza las relaciones procesales, y habilita, recién allí, la eventual aprehensión del encausado".
"La libertad física y ambulatoria impone el deber de considerar y tratar a todo individuo como inocente hasta que en un juicio respetuoso del debido proceso se demuestre lo contrario mediante una sentencia firme debiéndose descartar que toda restricción de la libertad del imputado durante el proceso debe poseer como fundamento la existencia de riesgos procesales concretos", se señaló en el fallo.
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Pese a que Casación ratificó días atrás la condena del Tribunal, los jueces señalaron que "el pronunciamiento primigenio emanado de este tribunal no se encuentra firme". Los jueces valoraron que Grassi "posee un arraigo definido", y que "se ha presentado ante el Tribunal a todo llamado que se le ha efectuado, a la vez que concurre espontánea y regularmente todo primer día hábil de cada mes", tal cual se lo había fijado el 10 de junio de 2009.
El martes pasado, la Sala II de Casación ratificó la condena contra Grassi a 15 años de prisión por el delito de "abuso sexual agravado y corrupción de menores agravada por su condición de sacerdote".
No obstante, el Tribunal no ordenó la detención inmediata como se preveía al darse la resolución por considerar que ello escapaba de su competencia y que le correspondía hacerlo al Tribunal que realizó el juicio.
Tanto el abogado de "Gabriel" como el fiscal Varela pidieron la detención a fines de la semana pasada al Tribunal, que este lunes terminó por desestimarlos. El de "Gabriel", quien tenía 13 años cuando ocurrieron los hechos, fue el único caso por el que Grassi resultó condenado, puesto que el Tribunal lo absolvió por los casos de "Luis" y "Ezequiel".
Mientras tanto, las otras dos querellas que actuaron en la causa aún evalúan presentar un recurso ante la Suprema Corte de provincia de Buenos Aires, aunque todos coincidieron en que demoraría varias meses en definirse.
Al probar el abuso contra "Gabriel", el TOC1 de Morón señaló que ocurrió en "la mañana de un día sábado o domingo de la última quincena del mes de noviembre de 1996" y otra el 7 de diciembre de ese mismo año.
Como única medida adoptada por el Tribunal, se le fijó a Grassi la prohibición de ingresar a la fundación Felices los Niños, "logrando de este modo mantener en un punto de equilibrio las condiciones emergentes del estado de inocencia ya consagrado y la necesidad de cobijar la guarda y derechos de los menores allí alojados en toda su amplitud", según el fallo.
Para los jueces, la culpabilidad de un imputado recién puede considerarse probada cuando una sentencia queda firme y no al término de un juicio, por más que ya se haya dictado una condena.
Así, el Tribunal dispuso "mantener en libertad a Julio César Grassi, en las mismas formas y condiciones otorgadas al presente hasta tanto la sentencia dictada por este tribunal el 10 de junio del 2009 se encuentra firme, en autoridad de cosa juzgada, con los alcances consignados en los considerandos de la presente resolución".