Permitirán casamiento de extranjeros en tránsito sin discriminar orientación sexual

Los extranjeros que lleguen al país en forma transitoria "podrán contraer matrimonio con personas de diferente o igual sexo", aunque denuncien un domicilio real "precario" de referencia, como un hotel o la casa de un amigo o familiar. Según se informó oficialmente, "la normativa fue adoptada por expresa instrucción del jefe de Gobierno, Mauricio Macri".

En sus considerandos, la disposición establece que "la Ley 26.618 se configura cono la garantía útil y efectiva del derecho a conformar una familia, sin que ninguna pauta discriminatoria basada en la orientación sexual pueda oponerse como un obstáculo normativo o fáctico".

"Todo extranjero o extranjera (más allá de su orientación sexual) que ingrese, transite o resida en la República Argentina en algunas de las categorías expuestas por la Ley 25.871 puede celebrar un matrimonio en las condiciones instrumentales desarrolladas por la ley civil y normas complementarias como garantía útil y efectiva de ese derecho, sin que la nacionalidad pueda ser opuesta como un obstáculo normativo o fáctico para su pleno ejercicio", se agregó.

La posibilidad de que los residentes transitorios puedan contraer nupcias en las nuevas condiciones está basada en los artículos 14 y 20 de la Constitución Nacional, en las leyes 25.871 (Migraciones) y 26.618 (Matrimonio Civil) y en los decretos 660/11 y 23/12, se especificó.