Vialidad Nacional: la Justicia suspendió el decreto de Milei que lo disolvía

Martina Forns frenó cualquier acto administrativo que derive del decreto que pretende eliminar al organismo.
La jueza Martina Forns frenó la eliminación de Vialidad Nacional por seis meses.
La jueza Martina Forns frenó la eliminación de Vialidad Nacional por seis meses. Foto: NA.

La jueza en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín, Martina Forns, dio lugar a una medida cautelar del gremio Sevina y suspendió por seis meses cualquier acto administrativo que derive del Decreto que resolvió disolver Vialidad Nacional.

La magistrada ordenó al Estado Nacional y al Poder Ejecutivo que se abstenga de “ejecutar cualquier acto administrativo, que derive” del decreto 461/2025 del 8 de julio pasado, que dispuso la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad.

Javier Milei en el Foro Económico de Madrid. Foto: Presidencia
Javier Milei. Foto: Presidencia

El gobierno de Javier Milei no podrá disponer “reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad de personal o supresión de estructuras vinculadas a la Dirección Nacional de Vialidad”.

“Teniendo en cuenta que en esta etapa preliminar del proceso, donde se verifican circunstancias graves y objetivas, permiten justificar el dictado de una medida cautelar de no innovar, a fin de evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”, afirmó la sentencia.

¿Por qué se suspendió la disolución de Vialidad Nacional?

Martina Forns argumentó que tanto la Constitución Nacional como los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “con jerarquía constitucional -en particular los Convenios N.º 87, 98 y 151- impiden al Estado, en su rol concurrente de empleador y regulador, alterar de manera unilateral condiciones de trabajo que han sido establecidas por norma colectiva con plena vigencia”.

La jueza explicó que el decreto que disuelve Vialidad establece que el personal pasará a otras áreas del estado y que la estabilidad laboral se dará “hasta tanto se adecúen la conformación y estructura organizativa correspondiente”. Así “se vulneran las normas y garantías laborales vigentes que fueron detalladas en los párrafos precedentes”.

Para la magistrada, esta situación laboral genera “un temor a sufrir un daño inminente, derivado de un acontecimiento natural o humano, que amenaza gravemente con sacrificar un interés tutelado por el derecho”.