Se negó a pagar el taxi y fue procesada por estafa
Una mujer de 49 años que, tras efectuar un viaje en taxi, se ocultó en su domicilio para evitar el pago pese a que contaba con el dinero para hacerlo, fue procesada por "estafa" por la Cámara del Crimen porteña.
"No medió desinteligencia sobre el valor que se pretendía cobrar, no existió acuerdo de crédito en favor de la mujer salvo por el breve lapso en que debía munirse del dinero y volver, y nunca tuvo voluntad de pagar", señalaron los jueces Mario Filozof, Rodolfo Pociello Argerich y María Laura Garrigós de Rebori, integrantes de la Sala V del Tribunal.
De esta manera, los camaristas revocaron el fallo de primera instancia que había sobreseído a la mujer por entender que esa conducta no constituía delito alguno.
El hecho ocurrió el 11 de mayo de este año a las 2:00 horas, cuando la mujer abordó un taxi en la intersección de San Juan y Jujuy para que la llevara hasta su domicilio, ubicado en la Avenida Avellaneda al 2300, también de esta ciudad.
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Al llegar, la pasajera le dijo al taxista Jorge Andrés Angelillo que iba a buscar dinero en el interior de su casa, ya que supuestamente no contaba con efectivo para abonar los 15 pesos que le había costado el viaje.
Pero tras quince minutos de espera y advertir que la mujer no volvía, el taxista decidió pedir ayuda a la Policía Federal, que se presentó en el lugar y le pidió explicaciones a la mujer.
"No te voy a pagar nada, qué vas a hacer, no ves que soy mujer y no me podés tocar, si querés mis datos te los doy pero ni se te ocurra tocarme porque te hago un agujero. No sabés con quién te metés, vas a ir a parar a la calle", le dijo la mujer al taxista en presencia de los policías.
En consecuencia, la policía la detuvo y le secuestró la suma de 55 pesos y un celular. "Las características de la habitualidad social en la prestación de determinados servicios (taxímetros, consumición de bebidas, etc.) impone al solicitante y/o consumidor una posición de garantía, en virtud de la cual tiene la obligación de sacar del error en que introdujo al taxista, por el solo hecho de solicitar el servicio y dejar que se lo preste. Al mantener en error al prestatario y no sacarlo de él se lo engaña, y se causa perjuicio al no abonarlo, sabiéndose de antemano que no se lo hará", concluyeron los camaristas.
Además, afirmaron que "el ardid en el caso particular consistió en desplegar una conducta que, consuetudinariamente, es significativa de la capacidad y de la voluntad de pago del servicio que se solicita y fue esa actitud, precisamente, la que produjo el error en el sujeto pasivo que, confiado en recibirlo, lo brindó, ya que de otro modo no lo hubiera hecho".
Por esa razón, los jueces revocaron el fallo de primera instancia y al mismo tiempo procesaron a la mujer por el delito de estafa.