
Un hombre de 71 años que sufrió el derrumbe del cielorraso de su habitación mientras dormía será indemnizado con $13.400.000, más intereses y costas, luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmara la responsabilidad del consorcio de un edificio ubicado en el barrio porteño de Flores.
El episodio ocurrió durante la madrugada del 2 de noviembre de 2019, cuando el vecino descansaba en su departamento de la avenida Directorio. Según consta en la causa judicial, desde meses antes había realizado reiterados reclamos por manchas de humedad que aparecían en el techo de su dormitorio y que se agravaban con el paso del tiempo.

Sin embargo, alrededor de las 2:15 de aquella madrugada, el cielorraso se desprendió repentinamente y cayó sobre su cabeza y su cuerpo. El accidente le provocó distintas lesiones y derivó en una internación hospitalaria.
Casi siete años después, la Sala H de la Cámara Civil ratificó la responsabilidad del consorcio y elevó la compensación económica que había sido fijada inicialmente en $8.935.347.
Cómo ocurrió el derrumbe que terminó en una demanda millonaria
De acuerdo con la presentación judicial, el damnificado vivía solo en una propiedad que había pertenecido a su madre, fallecida en 2013. Desde marzo de 2019, el hombre había comunicado a la administración del edificio, a través del encargado, la existencia de manchas de humedad en el cielorraso de su habitación.
Pese a esas advertencias, el problema continuó hasta que, durante la madrugada del 2 de noviembre, parte del techo se desprendió mientras dormía.
Tras el accidente, fue trasladado al Hospital General de Agudos Carlos G. Durand, donde recibió atención médica por un presunto politraumatismo. Posteriormente, fue derivado al Sanatorio de la Providencia mediante su cobertura de salud.
Los registros médicos incorporados al expediente documentaron heridas en el rostro y contusiones en la muñeca y el tobillo derechos.
Durante su internación también presentó complicaciones que impidieron otorgarle el alta en la fecha prevista. Entre ellas, un episodio de fiebre, un síncope y un traumatismo encéfalo craneano. Permaneció internado hasta el 12 de noviembre de 2019.

Por qué la Justicia responsabilizó al consorcio
Durante el proceso, la administración del edificio rechazó su responsabilidad y cuestionó tanto la existencia de los daños como su vinculación con el inmueble.
También sostuvo que el problema no provenía de sectores comunes y argumentó que el hormigón no presentaba deterioros ni se habían detectado filtraciones. Sin embargo, una pericia de ingeniería permitió establecer las causas del desprendimiento.
El especialista determinó que el yeso utilizado en el cielorraso presentaba problemas de adherencia, deficiencias en la calidad de los materiales y un espesor superior al habitual. Esta combinación provocó que su peso excediera la capacidad de adherencia al hormigón.
La Cámara consideró convincentes las conclusiones técnicas y atribuyó el episodio a defectos constructivos. En consecuencia, mantuvo la responsabilidad del consorcio por tratarse de elementos comunes del edificio.
Otro de los cuestionamientos planteados por la defensa estaba relacionado con la titularidad del departamento. La propiedad todavía figuraba a nombre de la madre del damnificado, aunque él la había heredado.
Los jueces rechazaron ese argumento y determinaron que la falta de inscripción registral de la declaratoria de herederos no impedía al hombre ejercer sus derechos.

Cómo se llegó a una indemnización de $13,4 millones
La sentencia de primera instancia había establecido una reparación económica de $8.935.347. No obstante, luego de analizar las apelaciones, la Cámara resolvió incrementar dos de los conceptos indemnizatorios.
Uno de los aspectos centrales fue el impacto psicológico que sufrió el vecino como consecuencia del accidente. Una pericia determinó que presentaba un trastorno de estrés postraumático moderado, con una incapacidad psicológica del 20% vinculada directamente con el episodio.
Por ese motivo, la indemnización correspondiente a la incapacidad psicofísica fue elevada de $3.200.000 a $6.000.000. El tribunal también aumentó de $1.800.000 a $6.000.000 la compensación por daño moral.
Para adoptar esa decisión, los magistrados consideraron las consecuencias emocionales del derrumbe, el hecho de que hubiera ocurrido mientras el hombre dormía y la cicatriz de 1,7 centímetros que le quedó en el entrecejo.

Además, se mantuvieron los $1.200.000 destinados al tratamiento psicológico recomendado y los $200.000 correspondientes a gastos médicos, farmacéuticos y traslados.
De esta manera, la indemnización total quedó fijada en $13.400.000, sin incluir intereses ni costas judiciales. La resolución fue dictada el 11 de agosto de 2026 por la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

















