Los montos que dará el Gobierno porteño llegarán hasta 5 mil pesos, de acuerdo al daño generado en las viviendas y locales tras el intenso temporal. Todo lo que hay que saber para realizar dicha solicitud.
Por Canal26
Viernes 29 de Febrero de 2008 - 00:00
Con menos movimiento del previsto, el Gobierno porteño comenzó hoy a recibir los reclamos de las personas que solicitarán el pago de un monto no mayor de 5 mil pesos como subsidio para quienes sufrieron los problemas ocasionados por las inundaciones en la Capital Federal.
Desde las primeras horas de hoy, los afectados por el temporal se hicieron presentes en la Mesa General de Entradas ubicada en avenida Rivadavia 524.
Quienes llegaron hasta allí no se encontraron con demasiadas demoras y completaron el formulario de "Solicitud de Subsidio ley 1.575", que estará vigente hasta el jueves próximo.
En tanto, el Gobierno porteño precisó que el formulario que se llena en la Dirección de Mesa de Entradas deberá ir acompañado por una documentación específica de acuerdo al daño generado.
En ese sentido, se indicó que si el perjuicio ocurrió en un inmueble, se deberá presentar original y fotocopia del DNI del solicitante y título de propiedad (original y fotocopia).
De no ser el ocupante, el titular del inmueble tendrá acreditar la ocupación legítima del mismo, mediante algún contrato de alquiler, como puede ser el certificado de libre deuda sólo expedido por la Dirección General de Rentas -no es válido el que
se obtiene por página web- o la habilitación municipal.
Dicho comprobante debe ser presentado dentro del plazo de 15 días de iniciado el trámite y el mismo no debe registrar mora en el pago tributos fiscales, a la fecha de la solicitud del subsidio.
Si el daño se produjo a un bien mueble registrable, como el caso de los automotores, se entregará además del DNI (original y fotocopia), título del bien afectado (original y fotocopia), constancia de libre deuda expedido por la Dirección General de
Rentas y acreditar el motivo por el cual dicho bien se encontraba en la zona de la inundación o anegamiento.
Si el daño fue en bienes muebles, además del DNI, se tendrá que indicar un inventario de elementos "muebles", suscripto por Contador Público con certificación del daño verificado.
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