Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte Suprema rechazó un planteo de los rugbiers condenados por el crimen de Fernando Báez Sosa, en donde ellos buscaban cuestionar una serie de presuntas irregularidades en el inicio del caso.
Estos argumentos ya habían sido planteados por la defensa como parte de su estrategia, pero -en paralelo- radicaron una causa penal como acusadores.
El planteo había sido motorizado por el abogado Hugo Tomei, cuando representaba a Matías Franco Benicelli, Enzo Tomás Comelli, Ayrton Michael Viollaz, Máximo Thomsen, Blas Cinalli, Ciro Luciano y Lucas Fidel Pertossi. Según se aseguró, ninguno de los jóvenes en la noche del 19 de enero del 2020, horas después del crimen, conoció las pruebas de cargo y la imputación al momento de su indagatoria. Además, fueron sometidos a firmar actas del expediente.

Estos hechos fueron planteados en el marco del proceso penal, pero independientemente los rugbiers hicieron una denuncia penal por falsedad ideológica de instrumento público, incumplimiento de los deberes de funcionario público y privación ilegal de la libertad.
Allí fueron denunciados la fiscal del caso Verónica Zamboni, la defensora pública Verónica Olindi Huespi, funcionarios del Ministerio Público Fiscal y el juez de Garantías de Dolores David Mancinell, que dictó la prisión preventiva de los imputados.
La denuncia penal fue desestimada por ausencia de dolo y se rechazó tomar declaración testimonial a los rugbiers en calidad de víctimas, así como una serie de medidas propuestas por el abogado que los representaba. En ese sentido, Tomei pidió la revisión de la decisión al superior del fiscal, en base al artículo 290 del código procesal penal bonaerense, pero éste ratificó lo dispuesto.

Eso motivó que el abogado presentara ante el juez Mancinelli -a quien recusó- un escrito en donde pedía se declarara la inconstitucionalidad del procedimiento por entender que había sido arbitrario y se cancelaba el derecho de las víctimas a ser oídas por un juez imparcial.
El juez rechazó la recusación y el planteo. La misma decisión tomó el Tribunal de Casación Penal bonaerense. En agosto del 2025, la Suprema Corte de Justicia bonaerense rechazó el recurso de queja y en abril del 2026 denegó el recurso extraordinario.
Ahora, los ministros de la Corte Suprema denegaron el planteo por falta de fundamentación autónoma ya que el planteo ni refuta todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia apelada.

El homicidio de Fernando Báez Sosa ocurrió en la madrugada del 18 de enero de 2020 frente a la discoteca Le Brique en Villa Gesell, tras una discusión dentro del boliche que derivó en la golpiza feroz a manos de un grupo de jóvenes de la misma edad que la víctima. Sus amigos también recibieron lesiones menores.
Tres años después del crimen, en febrero de 2023, el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores dictó condenas: prisión perpetua para Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi; y 15 años de cárcel para Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi, considerados partícipes secundarios.
El 22 de marzo de 2024, la Sala II del Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó las condenas, aunque modificó la calificación legal y descartó la existencia de alevosía. Esa resolución fue apelada y su revisión está en manos de la Suprema Corte bonaerense.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha ido rechazando distintos recursos de queja y planteos particulares presentados por las defensas por cuestiones de forma o por no agotar las instancias previas provinciales, pero la sentencia de fondo sigue pendiente en la justicia local.
















