Quienes no concurran a votar sin justificación enfrentarán sanciones económicas y administrativas que afectan sus derechos civiles. Los detalles.
Por Canal26
Sábado 10 de Mayo de 2025 - 12:30
Padrón electoral; elecciones; votación. Foto: NA (Juan Vargas)
El domingo 18 de mayo de 2025, los vecinos de la Ciudad de Buenos Aires deberán acudir a las urnas para renovar bancas en el Congreso Nacional. Tal como lo establece el Código Nacional Electoral, el voto es obligatorio para todas las personas entre 18 y 70 años de edad que figuren en el padrón.
Los porteños acudirán otra vez a las urnas el domingo 26 de octubre para elegir diputados y senadores nacionales, pero el hecho no cumplir con esta obligación cívica sin una causa justificada puede derivar en importantes consecuencias, más allá de una multa económica.
Padrón electoral; elecciones; votación. Foto: NA (Juan Vargas).
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Aquellos que no asistan a votar y no presenten una justificación válida ante la Cámara Nacional Electoral (CNE) dentro del plazo estipulado de 60 días posteriores a la elección, serán registrados como infractores.
Esto conlleva una multa económica que puede ir de $1.000 a $2.000, de acuerdo con el historial de ausencias previas. Sin embargo, la sanción monetaria no es el único problema que enfrentan los ciudadanos en falta.
Según indica el sitio oficial del gobierno argentino, quienes figuren en el Registro de Infractores sin haber regularizado su situación no podrán realizar trámites en organismos estatales, como renovar el pasaporte, realizar gestiones ante ANSES o postularse para cargos públicos.
Registro de Infractores.
Además, la infracción puede permanecer activa indefinidamente si no se realiza el pago correspondiente o no se justifica debidamente la ausencia.
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Para justificar la no emisión del voto, los ciudadanos deben acceder al sitio web de la Cámara Nacional Electoral (www.infractores.padron.gob.ar) y subir la documentación que respalde el motivo.
Entre los justificativos aceptados se encuentran certificados médicos, constancias de fuerzas de seguridad, documentos que acrediten encontrarse a más de 500 kilómetros del lugar de votación o constancias laborales de servicios esenciales.
Padrón electoral; elecciones; votación. Foto: NA (Juan Vargas).
En ese mismo sitio web se detallan los pasos a seguir para abonar la multa, en caso de tener sanciones acumuladas. Al ingresar al Registro de Infractores, deberás completar los campos requeridos con tu número de documento, género, distrito electoral y el código de validación que se muestra en pantalla. Una vez ingresados los datos, podrás continuar con el proceso de pago siguiendo las instrucciones indicadas.
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