El beneficio alcanza a clubes de barrio, cooperativas, bomberos voluntarios, microempresas, bibliotecas populares y monotributistas.
Por Canal26
Martes 25 de Enero de 2022 - 13:27
Más de 133 mil contribuyentes accedieron a la condonación de deudas prevista en la ley de alivio fiscal por un total de $1.700 millones, informó hoy la AFIP. A través de esta herramienta, clubes de barrio, cooperativas, bomberos voluntarios, microempresas y bibliotecas populares, lograron la condonación de $1.700 millones en deudas tributarias, previsionales y aduaneras.
El beneficio -vigente desde el 20 de diciembre último- puede solicitarse a través del sitio web de la AFIP hasta el 2 de marzo. También alcanza deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME.
La mayor parte de las deudas condonadas hasta el momento por la AFIP corresponde a monotributistas, señaló el ente recaudador, en un comunicado. Además, indicó que alrededor de 101.000 contribuyentes adheridos al régimen simplificado ya accedieron a la condonación de deudas por un monto total de $992 millones.
El universo de quienes solicitaron la condonación por hasta $100.000 se completa con unos 32 mil contribuyentes que obtuvieron el beneficio del perdón fiscal por unos $702 millones. Entre los beneficiarios, se destacan 24 mil microempresas; a su vez, unas 100 cooperativas, 71 clubes de barrio y 10 bibliotecas populares también solicitaron y accedieron a la condonación de deudas por más de $56 millones.
La AFIP recordó que la ley de alivio fiscal incluyó además la moratoria para obligaciones vencidas al 31 de agosto y un mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos, ambos ya vigentes. Asimismo, incorporó beneficios para contribuyentes cumplidores y la implementación de procedimientos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización.
Los beneficiarios de la condonación de deudas deberán contar:
Inscripción en los respectivos registros para las cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares, clubes de barrio, asociaciones de pueblos originarios, bomberos voluntarios y fomento rural.
Las demás entidades sin fines de lucro deberán presentar un certificado de exención enel impuesto a las Ganancias.
Contar con "Certificado MiPyME".
Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.
Declaraciones juradas presentadas desde enero de 2016.
Tener actualizado el código de la actividad desarrollada de acuerdo con el "Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)"
Los pequeños contribuyentes deben registrar inscripción en los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales o en el régimen de monotributo.
Para la AFIP, pequeños contribuyentes son personas que durante 2020 y al 11 de noviembre de 2021 hayan estado inscriptas en alguno de los siguientes impuestos: Ganancias, Bienes Personales o Monotributo. El beneficio alcanza a obligaciones líquidas y exigibles vencidas al 31 de agosto de 2021 que no hayan sido canceladas o regularizadas.
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