Pensiones por invalidez de ANSES: quiénes dejarán de cobrar el beneficio

Para cobrar la Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral, el organismo previsional establece algunas indispensables normas que tiene que cumplir una persona para acceder al beneficio. Conocé los requisitos.
Discapacidad; invalidez.
Discapacidad; invalidez. Foto: Freepik.

El Gobierno de la Nación confirmó que dará de baja la pensión por invalidez de un grupo determinado de titulares.

La prestación se otorga a aquellas personas que no están aptas para trabajar por razones de salud y están en situación de vulnerabilidad social. Sin embargo, las auditorías impulsadas por el Gobierno descartarán a un grupo de beneficiarios.

El Gobierno confirmó que dará de baja la pensión por invalidez a ciertas personas. Foto: Freepik.

En este contexto, para cobrar la Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral, el organismo previsional establece algunas indispensables normas que tiene que cumplir una persona para acceder al beneficio.

Uno de los requisitos está vinculado con la incompatibilidad de cualquier tipo de relación laboral. En caso de que una persona que cobra la PNC por invalidez comience a trabajar en relación dependencia, autónomo o monotributista, no podrá seguir cobrando la ayuda económica.

¿Quiénes pueden cobrar la pensión por invalidez?

En su página oficial, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) especifica cuáles son las condiciones que tiene que cumplir una persona para cobrar la pensión por invalidez.

La prestación se otorga a aquellas personas que no están aptas para trabajar por razones de salud y están en situación de vulnerabilidad social. Foto: Freepik
  • Demostrar una discapacidad laboral igual o superior al 66%, a través del Certificado Médico Oficial (CMO).
  • En el caso de solicitantes menores de edad, los padres o representantes legales deben acreditar una residencia continua mínima de 3 años en el país.
  • Para menores de edad, los ingresos del núcleo familiar no deben exceder el equivalente a 4 jubilaciones mínimas.
  • No percibir jubilación ni pensión.
  • Tener como máximo 65 años de edad.
  • Ser argentino de nacimiento o por naturalización, con residencia en el país.
  • Si sos extranjero, deberás comprobar una residencia continua mínima de 10 años en el territorio nacional.
  • Presentar un informe catastral con sello oficial del organismo emisor, a nombre propio o de tu pareja conviviente. Si sos menor, debe estar a nombre de tus padres o tutor. (Este requisito aplica únicamente para quienes residen en Santiago del Estero, Santa Cruz, San Luis, La Pampa, Neuquén o Tierra del Fuego).

Monto de la pensión por invalidez en septiembre de 2025

La pensión por discapacidad aumentará un 1,9% , ya que la Ley de Movilidad que toma como dato la inflación de julio informada por el INDEC. En este caso, corresponde al 70% a una jubilación mínima.

Por este motivo, el Decreto 613/2025 publicado en el Boletín Oficial, confirmó que esta prestación será de $294.194,02. En dicho monto, está contemplado el haber actualizado de $224.194,02 y el bono de $70.000.