¿Cambia la boleta?: cómo se vota en las elecciones legislativas de la Provincia de Buenos Aires

Este domingo 7 de septiembre, los y las bonaerenses deberán definir sus representantes en el Poder Legislativo.
Elecciones, votación.
Elecciones, votación. Foto: NA/INFOFOTO

Este domingo 7 de septiembre se celebrarán en la Provincia de Buenos Aires (PBA) las elecciones legislativas 2025. En este contexto, es importante que los ciudadanos sepan con certeza si hay o no boleta única.

Según números de la Junta electoral, más de 14 millones de ciudadanos estarán habilitados para votar en 41.189 mesas. En este número entran 1.015.233 extranjeros residentes.

En estas elecciones se votan cargos provinciales y cargos municipales. Las y los bonaerenses elegirán 23 senadores/as provinciales titulares y 15 suplentes, 46 diputados/as provinciales titulares y 28 suplentes. No obstante, los distintos distritos electorales también definirán sus concejales y consejeros escolares.

Elecciones legislativas. Foto: NA (Juan Foglia)

¿Cómo se vota en las elecciones de este domingo 7 de septiembre?

Las mesas estarán abiertas desde las 8 hasta las 18. En estas elecciones, se votará con el sistema de boleta partidaria o sábana. Es decir, cada partido presenta una boleta de papel con todos sus candidatos.

Ya en el cuarto oscuro, el votante puede optar por introducir la boleta completa o recortar y combinar secciones de distintos partidos.

El Ministerio de Gobierno bonaerense estableció que “en el orden provincial conserva plena vigencia la boleta partidaria, sistema que demostró ser ágil, confiable y robusto, y que el electorado conoce y valora”.

Dónde voto: consultá el padrón electoral

Para conocer el lugar de votación es necesario ingresar: número de documento, género y código de seguridad.

¿De cuánto es la multa si no voy a votar?

Quienes no se presenten a votar sin una justificación válida serán incorporados la base de datos oficial gestionada por la Justicia Electoral. La inclusión en este registro conlleva consecuencias concretas: se aplican multas económicas de entre $1.000 y $2.000 y restricciones administrativas, como la imposibilidad de realizar trámites ante organismos estatales durante un año y la inhabilitación para asumir cargos públicos durante tres años.

Quienes no puedan emitir su voto deben justificar su ausencia ante la Justicia Electoral dentro de los 60 días hábiles posteriores al día de la elección. Para facilitar el trámite, la gestión puede realizarse de forma digital, ingresando al sitio oficial del Registro de Infractores.