Qué pasa si no voto: de cuánto es la multa por no asistir a las Elecciones Legislativas 2025

Hay ciertas excepciones, pero la ciudadanía en su conjunto está obligada a presentarse a emitir su sufragio o de lo contrario, será susceptible de percibir sanciones económicas y de otra índole.

Por Canal26

Martes 13 de Mayo de 2025 - 09:45

Padrón electoral; elecciones. Foto: NA. No votar tiene sus consecuencias. Foto: NA.

En la continuidad de las Elecciones Legislativas en la Argentina, el próximo domingo 18 de mayo se elegirán los representantes en la Ciudad de Buenos Aires. Además, el domingo 26 de octubre habrá comicios generales y los ciudadanos votarán para renovar bancas en el Congreso: diputados y senadores, los cuales ejercerán su cargo durante los siguientes cuatro años. 

La participación es -como siempre- obligatoria, y no asistir a votar tiene consecuencias. Están quienes no podrán hacerlo por fuerza mayor, pero para eso deberán presentar una justificación válida ante la Cámara Nacional Electoral (CNE).

Urna para las votaciones. Foto: NA Es obligatorio votar o se puede ser susceptible de sanciones. Foto: NA.

En caso de no hacerlo, serán susceptibles de sanciones. “Quienes no concurran a votar y no tengan una justificación válida por la Cámara Nacional Electoral (CNE) serán sancionados", plantea el organismo electoral. 

En plena campaña electoral, el candidato a Diputado Provincial Carlos D'alessandro anunció que sorteara vinos. Foto: Captura de pantalla Instagram / carlos.gonzalezdalessandro.

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¿Qué sanciones puede sufrir una persona que no se presenta a votar?

Quienes no puedan justificar su ausencia podrán sufrir sanciones económicas por no presentarse a votar. El valor de las multas oscila entre los $1.000 y los $2.000 y dependerá de la cantidad de infracciones previas que tenga ese ciudadano registradas.

Además de la sanción económica, la penalización se puede extender más allá. Lo que sostiene el Código Electoral Nacional es lo siguiente: “Si el infractor no cumple con el pago, el CEN establece que no podrá desempeñar empleos públicos o funciones durante los próximos 3 años".

De todos modos, hay personas que están exentas de votar, contempladas por la ley. Por ejemplo, aquellos que estén a más de 500 kilómetros de su lugar de votación y cuenten con una justificación válida de su distancia. Para explicar el hecho, deberán acercarse a la comisaría más cercana para solicitar un certificado que explique su ausencia y luego subir el documento a la web de la Cámara Nacional Electoral.

Padrón electoral; elecciones; votación. Foto: NA (Juan Vargas) Quien no se presente a votar deberá justifica su ausencia. Foto: NA/Juan Vargas.

Asimismo, jueces y empleados judiciales que en el desempeño de sus funciones deben garantizar el funcionamiento de sus oficinas durante la jornada electoral también están exentos de votar. También, personas con problemas de salud o impedimentos físicos graves que les impida movilizarse. Esto debe estar respaldado por un certificado médico emitido por profesionales del sistema de salud nacional o también por médicos oficiales. 

Por último, trabajadores de servicios públicos esenciales que, debido a razones laborales, no puedan presentarse a ejercer su voto durante la jornada electiva. 

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