Revés para el Gobierno: la Justicia ordenó a PAMI y al Ministerio de Salud normalizar los pagos a prestadores de discapacidad de manera urgente
La medida fue dictada por el juez federal de Córdoba, Miguel Hugo Vaca Narvaja, quien advirtió un “riesgo inminente” para aquellas personas que deben percibir prestaciones por discapacidad y dio un plazo máximo de 72 horas para normalizar la cadena de pagos.

El juez federal de Córdoba, Miguel Hugo Vaca Narvaja, dictó una medida cautelar de fuerte impacto institucional contra el programa Incluir Salud del Ministerio de Salud de la Nación y el PAMI: ordenó normalizar de forma urgente la cadena de pagos a todos los prestadores que atienden a personas con discapacidad en un plazo máximo de 72 horas. La resolución judicial se emitió como respuesta a un amparo colectivo con alcance en todo el territorio nacional, cuya vigencia se extenderá por seis meses o bien hasta que se dicte una sentencia firme sobre el fondo de la cuestión.
La presentación judicial había sido impulsada originalmente por el colectivo Defendamos Córdoba, sumando la adhesión de entidades históricas como Apadim, el Pequeño Cottolengo Don Orione y diversos centros terapéuticos locales. Los demandantes expusieron en su denuncia que los efectores del sistema no perciben las transferencias correspondientes por parte del Estado, una situación que provoca de manera directa que las terapias de niños, adultos mayores y personas con discapacidad se vean interrumpidas y que los medicamentos esenciales dejen de entregarse en tiempo y forma.

Frente a este escenario de vulnerabilidad, el juez federal Vaca Narvaja instó a los organismos estatales a cumplir con los giros presupuestarios y enfatizó que deben actuar “evitando dilaciones, suspensiones e interrupciones, debiendo a tal fin arbitrar todas las medidas que resulten necesarias para su cumplimiento, bajo apercibimiento”.
Para fundamentar los alcances del fallo, el magistrado cordobés tomó como antecedente un pronunciamiento del Juzgado Federal de Campana, tribunal que en diciembre de 2025 había declarado la invalidez del artículo 2 del Decreto 681/2025 para ordenar la plena aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad. Además, el juez advirtió en los considerandos que las “demoras crónicas” y las fallas logísticas en la provisión de fármacos configuran un “riesgo inminente” para la salud de los beneficiarios.
Para graficar el ahogo financiero de las instituciones, la sentencia incorporó la presentación del Pequeño Cottolengo Don Orione, entidad que denunció deudas acumuladas con el fisco por $41.556.675,86 en concepto de intereses punitorios durante lo que va de 2026, sumados a otros $14.429.407 abonados en 2025, además de haber sufrido un corte total en el suministro de medicamentos durante los meses de febrero, marzo y abril.

Falta de pago a prestadores de discapacidad: qué sostuvo el Gobierno
Por su parte, las autoridades nacionales justificaron las demoras administrativas mediante un informe técnico elaborado por los responsables de Incluir Salud e incorporado al expediente por el Ministerio de Salud. Los funcionarios del área argumentaron que la parálisis temporal responde a “un proceso de reordenamiento estructural del área orientado a corregir desvíos acumulados y garantizar su sostenibilidad, como consecuencia de los resultados de la intervención del organismo”.
El informe oficial detalló que la mudanza del programa bajo la órbita de la administración centralizada ralentizó los circuitos contables. “La transferencia del Programa al ámbito del Ministerio de Salud de la Nación implicó la incorporación a los estándares de gestión propios de la Administración Pública Nacional centralizada, generando demoras en la etapa inicial de tramitación de los pagos”, indicó. “No obstante, dichas demoras no obedecen a una reducción de la cobertura ni a una desatención de las personas con discapacidad, hallándose en pleno proceso de regularización...”, aclararon.













