Los fundamentos del Gobierno para no acatar el fallo de la Corte

Alberto Fernández expresó en un comunicado que el fallo es "inédito, incongruente y de imposible cumplimiento”.

Por Canal26

Viernes 23 de Diciembre de 2022 - 10:17

Alberto Fernández. Foto: NA.Alberto Fernández. Foto: NA.

El Gobierno decidió no acatar el fallo de la Corte Suprema de Justicia en el que estableció restituir fondos de la coparticipación a la ciudad de Buenos Aires. Alberto Fernández lo decidió junto a 14 mandatarios provinciales que asistieron a una reunión en la Casa Rosada. En un comunicado aseguraron que el fallo es: “inédito, incongruente y de imposible cumplimiento”. 

Corte Suprema. Foto: NA

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¿En qué norma se basan para no acatar el fallo?

El argumento jurídico que utilizan desde el Gobierno se basa en la ley de cautelares. Específicamente en el artículo 9, donde se indica que “los jueces no podrán dictar ninguna medida cautelar que afecte, obstaculice, comprometa, distraiga de su destino o de cualquier forma, perturbe los bienes o recursos propios del Estado”.

La Corte Suprema dictó una medida cautelar por la cual ordenó que se entregue a la Ciudad de Buenos Aires el 2,95% de la masa de fondos coparticipables (CABA pide 3,50% en el reclamo de fondo que continuará sustanciándose en la Justicia) y que esas transferencias se realicen en forma diaria y automática por el Banco de la Nación Argentina. 

Una medida cautelar es una resolución preventiva para asegurar una sentencia judicial que puede llegar dentro de años, cuando termine el juicio. Pueden pedirse en cualquier tipo de juicio: civil, comercial, administrativo (contra el Estado), laboral e incluso penal. 

Desde la Corte Suprema aseguran qué el fallo es aplicable y no tiene sustento el argumento del Gobierno. Ya que, confirman que es falso el argumento de que restituirle fondos a la Ciudad significaba quitarle recursos de la coparticipación a las provincias, puesto que sus porcentajes en nada varían. ¿Por qué? Porque los recursos restituidos a la Ciudad corresponden a los fondos de la recaudación nacional que retiene para sí la Nación, no la torta que reparten entre los distritos.

Desde el Gobierno también aseguran que van a recusar a los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, es decir apartarlos del caso. Las causas para recusar están en el art. 17 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Trabajos de ACUMAR (archivo)

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El porcentaje de la coparticipación que desató el conflicto

La Corte Suprema de Justicia falló a favor de la Ciudad de Buenos Aires en el reclamo por el recorte de la coparticipación que la enfrentaba con el gobierno nacional. 

El máximo tribunal dictó una medida cautelar por la cual ordenó que se entregue a la Ciudad de Buenos Aires el 2,95% de la masa de fondos coparticipables. En consecuencia, el tribunal dispuso la suspensión de la ley 27.606 que había reducido la participación de esa jurisdicción.

El recorte en la coparticipación porteña había sido decretado por el presidente Alberto Fernández para darle un aumento a la Policía Bonaerense en medio de una protesta de efectivos que puso en jaque la seguridad de la Provincia a mediados de 2020.

Corte Suprema de Justicia. Foto: NA

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El comunicado del Gobierno para no acatar el fallo

“En la actualidad, según la ley 27.606 vigente y aprobada por el Congreso Nacional en el año 2020, la Ciudad de Buenos Aires recibe, como lo hace desde el año 2002, el equivalente al 1,4% del total de los fondos coparticipables y, además, el monto equivalente al costo de funcionamiento de la policía de la Ciudad de Buenos Aires que se le transfirió en el año 2016.

En un fallo inédito, incongruente y de imposible cumplimiento, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sin fundar el modo por el cual construye dicho monto, decide aumentar ese porcentaje al 2,95; es decir, le otorga a la Ciudad de Buenos Aires más de 180 mil millones de pesos adicionales a los que ya percibe.

Sostiene también, de manera insólita, que transferirle estos montos millonarios a la CABA no afecta a las provincias argentinas. Esto es completamente falso: esos recursos saldrían del presupuesto nacional, que se ejecuta en políticas públicas, en todo el territorio de la Nación.

En síntesis, en un fallo político, de cara al año electoral, la Corte Suprema pretende sustraerles recursos a todas las provincias para dárselos al jefe de gobierno de la CABA. Esta medida es, en las condiciones actuales, de imposible cumplimiento, toda vez que el Congreso Nacional aprobó por ley el presupuesto 2023 sin contemplar crédito presupuestario para tal finalidad.

Ante ello, el presidente de la Nación ha decidido instruir a los órganos competentes del Estado Nacional a RECUSAR A LOS MIEMBROS DE LA CORTE SUPREMA y a presentar el pedido de revocatoria “in extremis” de la resolución cautelar dictada.

Por su parte, los gobernadores y gobernadoras de las Provincias de Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Tucumán, al verse afectadas las mismas en forma directa por la arbitraria decisión adoptada por la CSJN, instruirán a las autoridades competentes de sus jurisdicciones para que los estados provinciales soliciten ser tenidos por parte en el expediente acompañando la recusación de los ministros firmantes de dicha media cautelar y para que soliciten la revocación “in extremis” de la misma”

Los gobernadores firmantes fueron Kicillof, de Buenos Aires; de Catamarca, Raúl Jalil; de Chaco, Jorge Capitanich, de Chubut, Mariano Arcioni; de Entre Ríos, Gustavo Bordet; de Formosa, Gildo Insfrán; de La Pampa, Sergio Ziliotto; de La Rioja, Ricardo Quintela; de San Juan, Sergio Uñac; de San Luis, Alberto Rodríguez Saá; de Santa Cruz, Alicia Kirchner; de Santiago del Estero, Gerardo Zamora; de Tierra del Fuego, Gustavo Melella; y de Tucumán, Osvaldo Jaldo.

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