Se eliminó el impuesto país. Foto: NA.
Se eliminó el impuesto país. Foto: NA.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció un procedimiento excepcional para la devolución de los saldos a favor generados por el Impuesto PAIS y otros tributos asociados, tras su eliminación a finales de 2024.

La medida quedó oficializada mediante la Resolución General 5638/2025, publicada en el Boletín Oficial y firmada por Juan Alberto Pazo, titular del organismo.

Los nuevos montos del Impuesto a las Ganancias. Foto: Pexels.
Los nuevos montos del Impuesto a las Ganancias. Foto: Pexels.

El Impuesto PAIS se eliminó en diciembre de 2024. Foto: Pexels.

Este procedimiento se aplicó tras la eliminación del impuesto en diciembre de 2024, con el objetivo de regularizar los créditos fiscales acumulados por los agentes de percepción.

Para hacerle frente a esta situación, ARCA estableció un proceso de devolución de los saldos a favor, que contempla compensaciones con el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias, aparte del reconocimiento de los intereses generados sobre los montos acumulados.

Devolución de los saldos a favor en ARCA en 2025: el procedimiento

Según la normativa, los contribuyentes que deseen solicitar la devolución de los saldos del Impuesto PAIS podrán hacerlo mediante la presentación del formulario F.744 ante ARCA, correspondiente a los períodos de diciembre de 2024 y enero a marzo de 2025.

  • Hasta el 31 de enero de 2025, inclusive: el monto utilizado no podrá superar el 33,33% del saldo a favor declarado hasta esa fecha.
  • Hasta el 28 de febrero de 2025, inclusive: el límite será el resultado de restar al 66,66% del saldo total declarado hasta esa fecha el monto ya utilizado en el período anterior.
  • Desde el 1 de marzo hasta el 30 de mayo de 2025, inclusive: se podrá utilizar el 100% del saldo a favor restante.
Impuesto a las Ganancias; calculadora. Foto: Unsplash.
Impuesto a las Ganancias; calculadora. Foto: Unsplash.

Devolución de saldos a favor en ARCA en 2025. Foto: Unsplash.

La resolución también establece el reconocimiento de intereses sobre los saldos no usados de inmediato, los cuales podrán ser aplicados únicamente para saldar obligaciones fiscales relacionadas, como el impuesto sobre créditos y débitos. A continuación, las fechas:

  • Desde la presentación de la declaración jurada de diciembre de 2024 que refleje el saldo a favor hasta el 31 de enero de 2025: el interés se calculará sobre el 66,67% del saldo total declarado en la declaración jurada.
  • Desde el 1 de febrero de 2025 o desde la presentación de la declaración jurada de diciembre de 2024 (si es posterior a esa fecha) hasta el 28 de febrero de 2025: el interés se calculará sobre el 33,34% del saldo total declarado en la declaración jurada.

Asimismo, destaca que "de no haber exteriorizado el saldo a favor por el período diciembre 2024 del Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) hasta el 1 de marzo de 2025, no corresponderá la acreditación de intereses ni su utilización".

Históricamente, las demoras en las devoluciones de percepciones generaron incertidumbre entre los contribuyentes y una acumulación de solicitudes pendientes. Entre enero y septiembre de 2024, la ex-AFIP devolvió alrededor de $50.000 millones bajo este concepto, pese a que muchas solicitudes llevaban varios años esperando respuesta.