ARCA renovó el régimen para ventas y servicios online: qué cambia con el nuevo IVA digital en Argentina

El organismo realizó una actualización del régimen especial de ingreso del IVA para operaciones hechas mediante plataformas digitales. Los detalles del cambio.

De qué se trata el nuevo régimen anunciado este 1° de diciembre.
De qué se trata el nuevo régimen anunciado este 1° de diciembre. Foto: GN Noticias

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha desde el 1° de diciembre una actualización integral del régimen especial de ingreso del IVA para operaciones realizadas a través de plataformas digitales como mercados online, servicios bajo demanda, y aplicaciones de intermediación de bienes o trabajos. La reforma fue oficializada mediante la Resolución General 5794/2025, que modifica la normativa previa con nuevos umbrales y criterios para determinar quiénes quedan alcanzados.

Según lo dispuesto, el régimen alcanza tanto a la venta de bienes muebles —nuevos o usados, no registrables— como a locaciones y prestaciones de servicios concertadas electrónicamente. En ese marco, los intermediarios o plataformas deberán actuar como agentes de percepción o ingreso del impuesto, mientras los proveedores y/o vendedores deberán registrar las operaciones en los sistemas informáticos de ARCA.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Foto: X/@mdzol

Quién paga, cuándo y bajo qué condiciones

Entre los cambios más relevantes, se encuentran los nuevos parámetros que determinan la “habitualidad” del vendedor o prestador online, una de las claves para definir si debe tributar bajo este régimen. A partir de ahora, pasa a considerarse “sujeto alcanzado” quien cumpla alguna de estas condiciones:

  • Realizar al menos 10 operaciones por mes y acumular un monto total igual o superior a ARS 750.000.
  • Tener 4 o más operaciones mensuales durante un cuatrimestre, sumando también por encima de ese monto.

En el caso de ventas de bienes usados de uso personal, la habitualidad no se configura si el monto acumulado en el cuatrimestre es inferior a $1.500.000, siempre que se declare la condición de “venta ocasional de cosas de uso personal”.

Si alguien queda alcanzado, la plataforma debe retener o ingresar el IVA correspondiente, y emitir factura o comprobante discriminado, con la percepción claramente detallada.

ARCA, ex AFIP. Foto: NA
ARCA, ex AFIP. Foto: NA

Qué implica para vendedores, prestadores y usuarios de plataformas

Para quienes venden productos u ofrecen servicios a través de plataformas digitales del tipo marketplace, alquileres, trabajos freelance u otras actividades electrónicas, significa que ahora deberán evaluar si sus operaciones superan los nuevos umbrales de cantidad o monto. Si es así, quedarán sujetos al pago del IVA mediante percepción automática.

Esto implica cambios operativos y administrativos, ya que deberán registrarse correctamente, emitir facturas conforme a la normativa y en muchos casos, adoptar CUIT, CUIL, o CDI para estar identificados. Para compradores o usuarios finales, el cambio puede notarse en los precios finales -especialmente si los vendedores trasladan el costo del impuesto- y en mayor formalidad: facturas claras, comprobantes discriminados y, en teoría, más trazabilidad fiscal.

Por qué ARCA renovó el régimen para ventas y servicios online

Según ARCA, el antiguo régimen había quedado desactualizado frente al crecimiento del comercio electrónico, la expansión de servicios digitales y la multiplicación de plataformas de intermediación. Por eso, con la Resolución 5794/2025, se buscó adecuar el régimen a la realidad actual, redefiniendo los umbrales de habitualidad y clarificando responsabilidades para vendedores, prestadores y plataformas.

El objetivo declarado es garantizar una recaudación más equitativa, formalizar la economía digital y asegurar que quienes operan de forma habitual y no ocasional tributen correctamente el IVA. Para ARCA, este ajuste es parte de una estrategia más amplia de adaptación normativa al comercio electrónico.

Juan Pazo, titular del ARCA.
Juan Pazo, titular del ARCA. Foto: NA

Qué observar con atención si trabajás con plataformas digitales

  • Revisá cuántas operaciones hacés por mes o cuatrimestre, y el monto acumulado: si superás los nuevos umbrales, cambiás tu condición fiscal.
  • Si vendés bienes usados o hacés ventas ocasionales, declaralo como tal —eso puede eximirte del régimen si no excedés el límite de monto.
  • Verificá que la plataforma emita facturas o comprobantes discriminados, con la percepción del IVA detallada.
  • Evaluá tu situación fiscal: tal vez convenga inscribirse en IVA o Monotributo para tener previsibilidad.
  • Si ofrecés servicios o ventas con cierta regularidad, preparate para cumplir obligaciones formales -registro, facturación, declaraciones- bajo el nuevo régimen.