Revés para López Obrador: la Corte Suprema de México suspendió su reforma electoral

La justicia mexicana alegó una "posible violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía". Ahora, el Congreso y el Ejecutivo pueden apelar la decisión.

Por Canal26

Sábado 25 de Marzo de 2023 - 09:39

Andrés Manuel López Obrador_Reuters Andrés Manuel López Obrador. Foto: Reuters.

La Corte Suprema de México frenó la aplicación de la reforma electoral impulsada por el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador alegando una "posible violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía".

El máximo tribunal avaló así un recurso presentado por el Instituto Nacional Electoral contra las reformas impulsadas por el Ejecutivo y aprobadas en febrero por el Congreso.

La Corte "concedió la suspensión solicitada por el INE respecto de todos los artículos impugnados para que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma", sostiene la nota.

Se prevé que esa suspensión se mantenga durante el tiempo que le tome al máximo tribunal resolver el tema de fondo.

El Congreso y el Ejecutivo pueden apelar la decisión de la Corte.

Javier Milei y López Obrador. Fotos: NA.

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En qué consiste la reforma electoral de AMLO

La reforma reduce el personal y el presupuesto del INE, la entidad independiente encargada de organizar los comicios en el país y a la que el presidente acusa de costar mucho dinero a las arcas públicas y de haber tolerado fraudes en el pasado.

En concreto, contemplaba compactar algunas áreas del INE, reducir órganos distritales, eliminar la transferencia de votos a los partidos en riesgo de perder su registro (conocida como la vida eterna a los partidos) y poner un techo al sueldo de los consejeros electorales para que no ganen más que los miembros del Gobierno.

También permitía a personas en prisión preventiva votar y se establecían límites a las interpretaciones del INE y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF, encargado de resolver controversias en materia electoral y proteger los derechos político-electorales de los ciudadanos) respecto a las declaraciones de funcionarios que podían considerarse propaganda y por las que se emiten sanciones.

Asimismo, se modificaba el artículo 70 de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral para que las manifestaciones expresadas por los políticos no los afecten en los procesos electorales, detalló la agencia de noticias Europa Press.

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