Un juez federal determinó la inconstitucionalidad del Impuesto a la Riqueza
Gustavo Fresneda, de la provincia de Corrientes, también ordenó a la AFIP de abstenerse de aplicarlo en el caso que presentó una empresaria.

El juez federal Gustavo Fresneda, de la provincia de Corrientes, determinó como inconstitucional al “Aporte Solidario y Extraordinario”, también conocido como “Impuesto a la riqueza”. Además, ordenó a la AFIP de abstenerse de aplicarlo en el caso presentado por una empresaria.
El fallo indica que este tributo es "violatorio de garantías y principios constitucionales", como el derecho de propiedad y los principios de no confiscatoriedad, razonabilidad y capacidad. Según el texto "la alícuota efectiva del aporte solidario sobre la renta del año 2020 de la actora sería del 88%, a lo que debe sumarse lo que la parte actora debe abonar en concepto de Impuesto sobre Bienes Personales, y en concepto de Impuesto a la Ganancia".
Es por eso que el aporte provocaría en ese caso concreto "una manifiesta inadmisible absorción de la renta y del patrimonio, ya gravados por Bienes Personales y Ganancias, excediendo los límites razonables de imposición y resultando confiscatoria y violatoria del derecho de propiedad".














