Aguinaldo de diciembre 2025: los grupos de ANSES que reciben el Sueldo Anual Complementario

Diciembre 2025 significa una buena noticia para millones de argentinos, ya que los trabajadores cobrarán la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario, también conocido como aguinaldo. En este contexto, aparecen dudas alrededor de los beneficiarios de ANSES y si deben cobrar este monto extra.
Para los titulares de beneficios de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), el aguinaldo corresponde solo dentro de algunos grupos.

Qué grupos de ANSES reciben el aguinaldo
Los únicos beneficiados que recibirán un monto extra junto a los haberes de diciembre 2025 son:
- Jubilados y pensionados.
- Personas que reciben Pensiones No Contributivas (PNC).
- Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
El calendario de pagos de ANSES para estos grupos comienza el próximo miércoles 10 de diciembre. Allí, estas personas recibirán el haber mensual, el bono de $70.000 en caso de que corresponda y el aguinaldo.
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El monto todavía no se definió, ya que resta conocer el último aumento del año a las prestaciones de ANSES. Esta suba se rige en base al dato de inflación que entrega el INDEC, por lo que una vez que se publique el índice correspondiente a los precios de octubre 2025 se conocerá el monto final.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
Quienes cuentan con una antigüedad igual o mayor a seis meses en su puesto laboral, reciben el 50% de la remuneración más alta del semestre.
Para los trabajadores que no completan los meses requeridos para el aguinaldo completo de diciembre, este concepto se liquida de manera proporcional a los meses trabajados, ya que cada cuota del aguinaldo toma como referencia el primer o segundo semestre. Según el caso, es preciso saber la fecha de inicio de actividades para hacer el cálculo exacto.
De esta manera, para saber cuál es el monto que corresponde por el SAC se debe hacer la siguiente fórmula: el salario del empleado, dividido los 12 meses del año y multiplicado por los meses trabajados. Por ejemplo: (100.000/12) x 6 = $50.000.

¿Cuándo cobrarían el aguinaldo los jubilados y pensionados?
Jubilados que no superan el haber mínimo:
- DNI terminados en 0: 10 de diciembre.
- DNI terminados en 1: 11 de diciembre.
- DNI terminados en 2: 12 de diciembre.
- DNI terminados en 3: 15 de diciembre.
- DNI terminados en 4: 16 de diciembre.
- DNI terminados en 5: 17 de diciembre.
- DNI terminados en 6: 18 de diciembre.
- DNI terminados en 7: 19 de diciembre.
- DNI terminados en 8: 22 de diciembre.
- DNI terminados en 9: 23 de diciembre.
Jubilados que superan el haber mínimo:
- DNI terminados en 0 y 1: 24 de diciembre.
- DNI terminados en 2 y 3: 26 de diciembre.
- DNI terminados en 4 y 5: 29 de diciembre.
- DNI terminados en 8 y 9: 31 de diciembre.
- DNI terminados en 6 y 7: 30 de diciembre.
- DNI terminados en 8 y 9: 31 de diciembre.
¿Por qué no reciben aguinaldo los titulares de la AUH?
El aguinaldo, formalmente el Sueldo Anual Complementario (SAC), está contemplado únicamente para quienes perciben una remuneración por su actividad laboral o para los jubilados y pensionados que reciben un haber previsional. Ellos lo recibirán entre el 9 y el 23 de diciembre.
En cambio, la AUH es una prestación social dirigida a personas con hijos menores de edad y con menores recursos. No se configura como salario ni como haber jubilatorio, por lo que no está incluida en el régimen del SAC.


















