Aguinaldo, ¿cuál es su origen?
Aguinaldo, ¿cuál es su origen? Foto: Adobe Stock

Con la llegada de junio, el cobro del Sueldo Anual Complementario (SAC) despertó interrogantes tanto en empleados como en empleadores, especialmente tras la reciente aprobación de la Reforma Laboral en el Congreso. Si bien la nueva normativa introdujo giros profundos en el mundo del trabajo, es fundamental aclarar qué aspectos del aguinaldo permanecen intactos y cuáles se verán afectados indirectamente.

¿Se modifica el pago de junio? Qué se sabe sobre el cobro del aguinaldo

La respuesta corta es no. La reforma laboral no introdujo cambios en la forma ni en la periodicidad del aguinaldo. Este ingreso extra sigue siendo obligatorio tanto para el sector público como para el privado y mantiene sus dos cuotas anuales. El cálculo sigue basándose en el 50% de la mejor remuneración mensual percibida dentro del semestre.

Sin embargo, la reforma sí establece un cambio crítico que los trabajadores deben conocer al momento de una desvinculación:

  • Indemnizaciones más bajas: antes de la reforma, el aguinaldo proporcional se incluía en el cálculo de la indemnización por despido.
  • La nueva regla: con la normativa vigente, el cálculo del resarcimiento se limita exclusivamente a la “remuneración mensual, normal y habitual”. Esto significa que el aguinaldo y las vacaciones quedan excluidos del monto indemnizatorio, resultando en una suma final menor para el trabajador despedido sin causa.
Aguinaldo, cobro
Aguinaldo, cobro

Aguinaldo 2026: quiénes lo cobran y cómo realizar el cálculo

El derecho al aguinaldo alcanza a trabajadores registrados, jubilados y pensionados. Es importante recordar que no perciben aguinaldo los beneficiarios de planes sociales, trabajadores autónomos, monotributistas o quienes se desempeñan en la informalidad.

Para calcular el monto de junio 2026, debés seguir estos pasos:

  1. Identificar el salario bruto más alto del semestre (enero a junio), incluyendo horas extra y comisiones.
  2. Dividir ese monto por dos.
  3. Proporcionalidad: si no trabajaste los seis meses completos, debés multiplicar ese sueldo alto por los meses trabajados y dividir el resultado por 12.

Es importante recordar que el plazo legal para el primer pago vence el 30 de junio, aunque la normativa contempla una prórroga de hasta cuatro días hábiles, por lo que este año se extiende la fecha límite al 7 de julio. Cualquier demora habilita al trabajador a reclamar el abono de intereses.