La investigación se inició tras una consulta particular. El producto fue declarado ilegal por carecer de registro y trazabilidad, poniendo en riesgo la salud pública.
Por Canal26
Viernes 6 de Septiembre de 2024 - 17:05
Harina. Foto: Unsplash
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización y consumo de una harina que no cumple con los estándares de seguridad alimentaria establecidos. Esta medida busca proteger la salud de los consumidores ante posibles riesgos.
El producto en cuestión es la "Harina de Moringa Oleifera; Instantáneo; Alcalino; Originario de la India", de la marca LUC VER, distribuido por Luc Ver Productos Naturales Lip & Hnos., ubicado en Lima, Perú.
Harina prohibía por la ANMAT. Foto: ANMAT
Según la disposición 7998/2024, publicada en el Boletín Oficial, no había antecedentes de registro del producto, así como tampoco de su ingreso al país. Esto la convierte en "ilegal".
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La investigación se originó tras la consulta de un particular al Instituto Nacional de Alimentos (INAL). En respuesta, el departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional del INAL elevó el caso al Servicio de Autorización Sanitaria de Alimentos para el Comercio Exterior, perteneciente a la Dirección de Fiscalización y Control del INAL.
Con el objetivo de proteger la salud pública frente al consumo de productos ilegales, y dado que estos alimentos carecen de registro, lo que impide garantizar su trazabilidad, condiciones de elaboración y calidad bajo los controles exigidos por la normativa vigente, el INAL recomendó prohibir la producción, fraccionamiento y comercialización de dicho producto en todo el país, incluyendo las plataformas de venta en línea.
La ANMAT prohibió su comercialización y consumo. Fuente: NA
Además, al tratarse de un "producto que no puede ser identificado en forma fehaciente" como producido o elaborado en un establecimiento autorizado, la ANMAT dispuso que "no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido" en el territorio argentino.
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La Disposición 7806/2024 avanza en la prohibición de la "elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, del producto: 'Miel de Abeja marca Dulce Manjar; Calidad 100 % artesanal; RNE 13-087992; RNPA 026-13939836' en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento".
Miel de abeja Dulce Manjar. Foto X.
Según la ANMAT se trata de un producto que carece de registros de establecimiento y de producto, y que está falsamente rotulado al exhibir números de registros sanitarios inexistentes. Por eso, advirtió que se trata de un producto ilegal y, por lo tanto, potencialmente perjudicial para la salud de quienes lo consuman, ya que se desconocen sus condiciones de producción.
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