Un fallo judicial frenó las bajas de pensiones por discapacidad en Catamarca: se deberán restituir en un plazo máximo de 24 horas

Un juez federal de dicha provincia ordenó que la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) devuelva las pensiones por invalidez suspendidas en la provincia. Cómo afectará la medida al resto del país.
Un juez federal de Catamarca ordenó que la ANDIS devuelva las pensiones por invalidez suspendidas en la provincia.
Un juez federal de Catamarca ordenó que la ANDIS devuelva las pensiones por invalidez suspendidas en la provincia. Foto: NA

El Juzgado Federal N° 2 de Catamarca resolvió que la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) deberá restituir, en un plazo máximo de 24 horas, la totalidad de las pensiones no contributivas por invalidez que habían sido suspendidas en la provincia, y abonar de inmediato los haberes retenidos a sus titulares.

La medida cautelar fue firmada por el juez Guillermo Díaz Martínez, quien también prohibió a la ANDIS continuar aplicando auditorías en base a la normativa cuestionada, así como dictar nuevas suspensiones, al menos hasta que se emita una sentencia de fondo en la causa.

Un juez federal de Catamarca ordenó que la ANDIS devuelva las pensiones por invalidez suspendidas en la provincia. Foto: NA

La acción de amparo que impulsó este fallo fue presentada por la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores, varios ciudadanos por derecho propio, y el Defensor del Pueblo de la Provincia de Catamarca.

El reclamo apunta directamente contra el decreto 843/24, que modificó los requisitos de acceso a las pensiones por invalidez. Según los demandantes, la norma introdujo criterios restrictivos (como la exigencia de una incapacidad total y permanente del 66% y la falta de empleo registrado) que vulneran los principios constitucionales de progresividad y no regresividad en materia de derechos sociales.

Un juez federal de Catamarca ordenó que la ANDIS devuelva las pensiones por invalidez suspendidas en la provincia. Foto: NA

Los amparistas denunciaron además que las auditorías realizadas fueron “irregulares y lesivas”, teniendo en cuenta las notificaciones defectuosas, plazos exiguos, citaciones a lugares alejados y hasta revisiones frustradas por falta de personal. En muchos casos, los beneficiarios recién tomaron conocimiento de la baja al no recibir el pago de sus haberes.

En su fallo, el juez Díaz Martínez reconoció la legitimación del Defensor del Pueblo de la provincia, ante la vacancia del cargo nacional, y destacó la urgencia de proteger a un colectivo vulnerable cuya subsistencia depende de estos ingresos.

Cómo afecta al resto del país el fallo en Catamarca respecto a la ANDIS

Si bien el alcance inmediato es provincial, el fallo podría convertirse en antecedente para reclamos similares en otras jurisdicciones.

Cabe destacar que la decisión judicial se tomó sin dar traslado a la parte demandada, considerando la vulnerabilidad del sector socialmente afectado y el carácter alimentario que asumían los haberes de pensión. Es decir que el Estado Nacional no tuvo oportunidad de dar una respuesta a la acción de momento.