Flexibilizan la importación de alimentos para uso personal: los productos que se podrán ingresar al país

El Gobierno simplificó los requisitos para importar alimentos desde el exterior cuando se trate de compras personales y sin fines comerciales. A partir de ahora, se podrán traer mediante el sistema de courier (envío puerta a puerta) del mismo modo que se compran celulares o ropa por internet.
La medida fue oficializada a través de la Disposición 3280/2025 publicada en el Boletín Oficial. Desde ahora, ya no será necesario hacer gestiones ante la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) para ingresar productos alimenticios destinados al consumo personal.

Esto implica que ya no se pedirá autorización para:
- Alimentos para uso personal,
- Alimentos destinados a tratamientos médicos específicos (uso compasivo),
- Productos alimenticios donados desde el exterior.
Solo bastará con cumplir las condiciones habituales de la plataforma de compra, pagar los gastos de envío y los aranceles aduaneros correspondientes.
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De todos modos, todos los alimentos importados deberán seguir cumpliendo con el Código Alimentario Argentino, incluyendo envases, aditivos, ingredientes y materiales en contacto con los productos.
Para implementar esta flexibilización, la ANMAT derogó varias normativas anteriores que regulaban estos trámites, como las disposiciones N°14023/2016, N°1307/2017, N°10174/2017, N°10100/2017, N°10088/2017 y N°2953/2021.

¿Qué tipo de alimentos se pueden traer?
La nueva normativa alcanza a productos que sean para consumo exclusivo del comprador, y no para su comercialización. Entre ellos, se destacan:
- Alimentos específicos para tratamientos médicos,
- Ingreso de alimentos para uso personal,
- Productos provenientes de donaciones internacionales.
¿Qué condiciones hay que cumplir?
- Se permiten hasta tres unidades de un mismo producto por envío.
- El paquete no debe superar los 50 kilos.
- El valor total de la compra no puede superar los 3.000 dólares.
- Se autorizan hasta cinco envíos por persona por año calendario.