Flexibilizan la importación de alimentos para uso personal: los productos que se podrán ingresar al país

La nueva medida, publicada en el Boletín Oficial, establece que ya no será necesario realizar trámites ante la ANMAT para importar alimentos destinados al consumo personal.
Flexibilizan la importación de alimentos para uso personal. Foto Freepik
Flexibilizan la importación de alimentos para uso personal. Foto Freepik

El Gobierno simplificó los requisitos para importar alimentos desde el exterior cuando se trate de compras personales y sin fines comerciales. A partir de ahora, se podrán traer mediante el sistema de courier (envío puerta a puerta) del mismo modo que se compran celulares o ropa por internet.

La medida fue oficializada a través de la Disposición 3280/2025 publicada en el Boletín Oficial. Desde ahora, ya no será necesario hacer gestiones ante la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) para ingresar productos alimenticios destinados al consumo personal.

Servicio courier, envio puerta a puerta. Foto Freepik
Servicio courier, envio puerta a puerta. Foto Freepik

Esto implica que ya no se pedirá autorización para:

  • Alimentos para uso personal,
  • Alimentos destinados a tratamientos médicos específicos (uso compasivo),
  • Productos alimenticios donados desde el exterior.

Solo bastará con cumplir las condiciones habituales de la plataforma de compra, pagar los gastos de envío y los aranceles aduaneros correspondientes.

De todos modos, todos los alimentos importados deberán seguir cumpliendo con el Código Alimentario Argentino, incluyendo envases, aditivos, ingredientes y materiales en contacto con los productos.

Para implementar esta flexibilización, la ANMAT derogó varias normativas anteriores que regulaban estos trámites, como las disposiciones N°14023/2016, N°1307/2017, N°10174/2017, N°10100/2017, N°10088/2017 y N°2953/2021.

Mujer comprando en el supermercado. Foto Freepik
Mujer comprando en el supermercado. Foto Freepik

¿Qué tipo de alimentos se pueden traer?

La nueva normativa alcanza a productos que sean para consumo exclusivo del comprador, y no para su comercialización. Entre ellos, se destacan:

  • Alimentos específicos para tratamientos médicos,
  • Ingreso de alimentos para uso personal,
  • Productos provenientes de donaciones internacionales.

¿Qué condiciones hay que cumplir?

  • Se permiten hasta tres unidades de un mismo producto por envío.
  • El paquete no debe superar los 50 kilos.
  • El valor total de la compra no puede superar los 3.000 dólares.
  • Se autorizan hasta cinco envíos por persona por año calendario.