Prohibieron a una reconocida compañía de seguros realizar nuevos contratos: los motivos

Se trata de la Nueva Cooperativa de Seguros. Cuáles son las restricciones impuestas en la resolución.

Superintendencia de Seguros de la Nación Foto: Facebook / Superintendencia de Seguros de la Nación

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) resolvió prohibirle a La Nueva Cooperativa de Seguros celebrar nuevos contratos y realizar actos de administración o reaseguro, tras detectar serias irregularidades en su situación contable o financiera.

La medida se hizo oficial a través de la resolución sintetizada N.° 382, publicada en el Boletín Oficial, que establece expresamente una serie de restricciones severas para el funcionamiento de la compañía.

Superintendencia de Seguros de la Nación Foto: Facebook / Superintendencia de Seguros de la Nación

La Nueva Cooperativa de Seguros es una empresa con presencia en varias provincias de Argentina y una reconocida trayectoria dentro del sector asegurador. Su oferta más importante en el mercado incluye productos orientados al ramo automotor, combinado familiar, accidentes personales y otras coberturas patrimoniales.

Según la normativa dictada por el Gobierno de Javier Milei, la aseguradora deberá abstenerse de celebrar nuevos contratos de seguro, firmar contratos de locación, mutuo u otros relacionados con sus inmuebles, y también queda prohibida de realizar actos de reaseguro.

En cuanto a este último punto, la SNN fue clara: la empresa no podrá realizar ninguna operación que implique la desvinculación de la responsabilidad del reasegurador, como cortes de responsabilidad (denominados cut off) u otras figuras similares.

La Gerencia de Asuntos Jurídicos del organismo fue autorizada para gestionar y diligenciar todos los trámites necesarios para hacer efectiva la medida.

Aseguradora Federal

¿Por qué prohibieron operar a Nueva Cooperativa de Seguros?

La prohibición se basa en los resultados de una serie de inspecciones realizadas por la SSN, que revelaron:

  • Graves irregularidades contables al 31 de marzo.
  • Falta de documentación respaldatoria.
  • Una “situación financiera transitoria”.
  • Incapacidad para ordenar los pagos.

Por otro lado, cabe destacar que el informe señala que la posición técnica de la aseguradora no pudo ser determinada y que el balance presentado por la empresa reflejaba deudas con reaseguradores que no coincidían con la documentación respaldatoria.