Atención jubilados: los requisitos para dejar de pagar el ABL en CABA y cómo es el trámite

La normativa vigente señala que podrán acceder al beneficio los jubilados, pensionados y personas con discapacidad que cumplan con ciertas condiciones. El paso a paso para tramitar la exención del impuesto al Alumbrado, Barrido y Limpieza.

Trámites para jubilados.
Trámites para jubilados. Foto: Freepik

El 2026 empezó con nuevos aumentos en las tarifas que siguen ajustando el bolsillo de los jubilados. En la Ciudad de Buenos Aires, uno de los impuestos con más alza fue el del Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL), que durante este año se actualizará mes a mes por inflación.

En esa línea, un grupo de ciudadanos pueden quedar exentos del pago del ABL en CABA, siempre y cuando cumplan con determinados requisitos para realizar un trámite específico.

Boleta de ABL. Foto: NA

Quiénes pueden dejar de pagar ABL en CABA

La normativa vigente señala que podrán acceder al beneficio los jubilados, pensionados y personas con discapacidad que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Ser propietarios, copropietarios, usufructuarios o contar con derecho de uso sobre un único inmueble destinado a vivienda familiar.
  • Habitar esa propiedad como domicilio permanente.
  • No tener otros inmuebles -urbanos o rurales- en ninguna jurisdicción del país.
  • Percibir ingresos previsionales que no superen el equivalente a cuatro jubilaciones mínimas (en diciembre de 2025, el tope es de $1.363.518,36).
  • Que la Valuación Fiscal Homogénea (VFH) del inmueble no supere los $40.000.000.

Cabe señalar que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) aclaró que la exención del ABL también puede otorgarse en situaciones particulares:

  • Jubilados y pensionados que alquilan la vivienda: el contrato debe establecer que el inquilino es responsable del pago del ABL.
  • Personas que residan en el inmueble bajo la figura legal de usufructo: siempre que cumplan con el resto de los requisitos.
ABL
ABL Foto: Archivo

¿Qué documentación se necesita para gestionar el trámite?

Al momento de realizar la solicitud, es necesario contar con la siguiente documentación digitalizada:

  • DNI del titular jubilado o pensionado.
  • Último recibo de cobro del haber jubilatorio o pensión.
  • Título de propiedad del inmueble.
  • Si se es inquilino: contrato de locación vigente donde conste tu obligación de pago del ABL.
  • Si es usufructuario: escritura con usufructo a tu favor.
  • Formulario de solicitud, que se descarga desde la web oficial de AGIP.

Paso a paso, cómo realizar el trámite para no pagar ABL

El trámite puede realizarse de manera online siguiendo los siguientes pasos:

  1. Ingresar al sitio oficial de AGIP.
  2. Buscar la sección de “Sistema de Tickets” o ingresar con Clave MiBA.
  3. Seleccionar el trámite: “Inmobiliario/ABL - Solicitud de Exención Jubilados y Pensionados”.
  4. Cargar la documentación escaneada (puede ser en formato PDF o foto).
  5. Recibirás un correo electrónico de validación, para el cual tendrás 72 horas para hacer clic en el enlace de confirmación.

El trámite también puede hacerse de manera presencial en la sede central de AGIP o en las oficinas comunales de la Ciudad de Buenos Aires. Cabe resaltar que en este caso, es obligatorio solicitar turno.

El beneficio tiene vigencia mientras se mantengan las condiciones. En caso contrario, se debe informar el cese del mismo para evitar multas

Según datos oficiales, en 2025 el sistema alcanzó a 85.426 jubilados y pensionados, quienes accedieron a la exención del ABL, orientada a personas con ingresos previsionales limitados.