PAMI se suma a PROMESA: cómo es el nuevo sistema que ayuda a los jubilados a solucionar conflictos

El Programa de Atención Médica Integral (PAMI) se suma a PROMESA, un procedimiento de mediación de salud que busca resolver conflictos de forma rápida y a bajo costo para aquellos ciudadanos que tengan problemas con el prestador de servicios antes de llegar a la justicia.
El Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud (PROMESA) ofrece a los ciudadanos una opción más económica para resolver conflictos de salud, mediante un trámite rápido. Favorece el diálogo entre las partes y permite llegar a una solución de manera eficiente y justa.
El sistema empezó a funcionar el 2 de septiembre y ya registra conciliaciones concretas.
Qué es PROMESA y para qué sirve
PROMESA ofrece un procedimiento a realizarse antes de iniciar cualquier acción judicial relacionada con conflictos de salud, como amparos o medidas urgentes. Aplica también a demoras en autorizaciones, entrega de medicamentos, derivaciones, insumos y prácticas. Se rige por la Ley 26.589.
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Apunta a la rapidez, eficacia y bajo costo. Busca ahorrarle al afiliado del PAMI la instancia judicial que puede resultar engorrosa. Participan los Ministerios de Salud y de Justicia, junto con la Superintendencia, que aporta el marco técnico y de control.
PAMI: cómo funciona PROMESA
Este procedimiento es pre-judicial, así que el afiliado al PAMI puede solicitarlo antes de llegar a juicio. La participación de las partes en las audiencias de mediación en el marco del Procedimiento de Mediación Prejudicial (PROMESA) requieren patrocinio o representación letrada, además de un mediador que resuelva. En caso de no poseer recursos suficientes, el Estado asigna un abogado para la parte solicitante.
Se busca un acuerdo que puede ser una autorización formal, un calendario de entregas, una práctica reprogramada o una derivación definida.

Comienza entonces con un llamado a una audiencia por parte del mediador resultante de un sorteo realizado frente al Ministerio de Salud. A la misma, virtual o presencial, deben asistir tanto el afiliado como un representante legal del PAMI.
Si una de las partes no asistiera a la primera audiencia con causa justificada, el mediador fijará una nueva audiencia dentro de los cinco días hábiles subsiguientes. Y, en el caso de que la ausencia fuera injustificada, se inicia un nuevo procedimiento.
Además, si durante el proceso el mediador tomara conocimiento de circunstancias que impliquen un grave riesgo para la integridad física, psíquica o para la vida del reclamante, dará por finalizada la mediación inmediatamente y se harán constar dichas circunstancias en el acta de cierre, que le será extendida al requirente a sus efectos.

Cómo finaliza la mediación
- Mediación finalizada con acuerdo: se labrará acta en la que constarán los términos, la cual deberá ser firmada por el mediador, las partes, los terceros si los hubiere, los letrados intervinientes, y los profesionales asistentes si hubieran intervenido. Cuando en el procedimiento de mediación estuvieren involucrados intereses de incapaces y se arribare a un acuerdo, éste deberá ser posteriormente sometido a la homologación judicial.
- Mediación finalizada sin acuerdo: se labrará acta suscripta por todos los comparecientes donde se hará constar el resultado del procedimiento. El requirente queda habilitado para iniciar finalmente el proceso judicial acompañando su ejemplar del acta con los recaudos establecidos en la ley.
- Conclusión de la mediación por incomparecencia de las partes: si el proceso de mediación concluye por incomparecencia injustificada de alguna de las partes o por imposibilidad de notificación, se labrará acta suscripta por todos los comparecientes donde se hará constar el resultado del procedimiento. El reclamante queda habilitado para iniciar el proceso judicial.