La Anmat prohibió el uso y venta de un jabón líquido para ropa: las razones
Según el organismo, el producto podría ser perjudicial debido a que no cumple con las normas establecidas. Los detalles.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes del producto para lavado de ropa “Tide Original” que se comercializaba sin rotulado en idioma nacional ni datos de registro sanitario, según se publicó este viernes en el Boletín Oficial.
La Disposición ANMAT 492/2026 se originó a partir de una denuncia recibida por el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, que detectó la venta del producto de origen extranjero con etiquetado exclusivamente en inglés en una sucursal de Carrefour en la localidad de Pilar, provincia de Buenos Aires.
La firma importadora Glam Distribuciones S.R.L., inscripta ante la ANMAT con el RNE 020048208 y domicilio en la Colectora Oeste (Ruta 9) km 37.800 de Garín, partido de Escobar, reconoció el producto como propio tras ser identificado el lote de origen, pero declaró que no poseía contramuestra del mismo. Se le ordenó el retiro de mercado del lote involucrado, que se encuentra bajo seguimiento del área técnica.
El organismo instruyó sumario sanitario a la empresa y a su directora técnica, Marcela Ester Falgueras, por presunto incumplimiento de las normas que obligan a contar con rotulado en idioma nacional para productos domisanitarios importados y a almacenar contramuestras de los lotes comercializados.
ANMAT dio de baja el funcionamiento de dos laboratorios
ANMAT dio de baja la habilitación de dos laboratorios mediante una serie de disposiciones oficiales publicadas en el Boletín Oficial. Además, prohibió la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales de otros dos complejos científicos.
Controles sanitarios y de seguridad concluyeron en estas medidas que el organismo consideró adecuadas por la falta de renovación de sus certificados de habilitación. Sus controles periódicos derivaron en dar de baja de las empresas Droguería S.O.C.F.A y Enzima S.A. Por otro lado, no podrán comercializar las firmas Dental y Mediquil S.A. por operar fuera de la jurisdicción asignada sin permiso adecuado.
En primer lugar, la ANMAT canceló el certificado de D.I.F.A Droguería S.O.C.F.A. por estar vencido y rechazó la habilitación de la firma para operar. La empresa estaba inscripta como “importadora y exportadora de especialidades medicinales bajo las formas farmacéuticas de cápsulas, tables y líquidos no estériles”, pero no renovaron la habilitación correspondiente en el Registro de Especialidades Medicinales (REM).
Luego, la razón por la que la firma Enzima S.A. fue dada de baja en su habilitación es la falta de titularidad en certificados inscriptos en el REM. La empresa es una importadora y exportadora de especialidades medicinales y representante de la firma Mucos Pharma.