Se actualizaron los montos en las billeteras virtuales que ARCA establece que hay que definir la procedencia.
Se actualizaron los montos en las billeteras virtuales que ARCA establece que hay que definir la procedencia.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó nuevas regulaciones para controlar los movimientos financieros en bancos y billeteras virtuales, estableciendo límites de saldos y operaciones que requieren ser informados para prevenir maniobras de evasión fiscal y transacciones irregulares.

La medida busca que tanto personas físicas como jurídicas cumplan con sus obligaciones tributarias, evitando bloqueos de cuentas o requerimientos adicionales de documentación por parte de las entidades financieras.

Noticias de ARCA ex AFIP
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero. Foto: GN Noticias

Los topes establecidos para febrero 2026 en billeteras virtuales

Para febrero de 2026, los topes establecidos por ARCA son claros:

  • Las transferencias o acreditaciones no deben superar los $50.000.000 para personas humanas y $30.000.000 para personas jurídicas.
  • Las extracciones en efectivo tienen un límite de $10.000.000 en ambos casos.
  • Los saldos bancarios al cierre del mes están fijados en $50.000.000 y $30.000.000, respectivamente.

En las billeteras virtuales, los movimientos también siguen los mismos límites:

  • Los plazos fijos alcanzan hasta $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
  • Las compras como consumidor final están sujetas a un tope de $10.000.000.

Los bancos y billeteras virtuales deben reportar información específica a ARCA según el período fiscal. Hasta el período 03/2026, se requiere declarar cuentas de cada cliente, número de integrantes, ingresos y egresos totales, y saldo final mensual, siempre que se superen los $50.000.000 para personas humanas y $30.000.000 para personas jurídicas.

Billetera virtual. Foto: Unsplash
Nuevos montos operativos en billeteras virtuales regulados por ARCA. Foto: Unsplash.

A partir del período fiscal 04/2026, el régimen se amplía y exige un mayor nivel de detalle. Los reportes deberán incluir datos identificatorios de los titulares y otros integrantes, cantidad total de cuentas asociadas, tipo y número de cuenta (CBU, CVU u otro), entidad emisora y terceros relacionados, además de ingresos y egresos que afecten el saldo, y el saldo final visible para el usuario. Los límites que disparan la obligación de informar permanecen: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.

Con estas medidas, ARCA busca reforzar el control sobre el flujo de dinero en el sistema financiero, asegurando transparencia y contribuyendo a la prevención de delitos económicos, al tiempo que establece un marco claro para que ciudadanos y empresas puedan cumplir sin sorpresas con sus obligaciones tributarias.