Jubilaciones ANSES: el nuevo índice que cambia el haber inicial desde junio 2026
ANSES aplicará desde junio 2026 un índice combinado para actualizar sueldos históricos y calcular el haber inicial. A quiénes impacta y claves.

Si estás por iniciar tu trámite jubilatorio o pensás hacerlo en las próximas semanas, hay una novedad clave: el Gobierno oficializó un nuevo índice combinado que se usará para actualizar las remuneraciones históricas (los sueldos de años anteriores) y, con eso, definir el haber inicial de las nuevas jubilaciones a partir de junio de 2026.
La medida se formalizó mediante la Disposición 5/2026 de la Subsecretaría de Seguridad Social (Ministerio de Capital Humano) y entra en juego para quienes soliciten el beneficio desde el 1° de junio de 2026 o hayan cesado su actividad desde el 31 de mayo de 2026.
Qué es y para qué sirve el índice de actualización de remuneraciones
Cuando ANSES calcula una jubilación, no toma “tal cual” los sueldos de hace 10, 15 o 25 años: primero los lleva a valores más actuales mediante un mecanismo de actualización de remuneraciones. Esa actualización es decisiva porque impacta en el promedio salarial que se usa para determinar el haber inicial.
En palabras simples: si el coeficiente de actualización cambia, puede cambiar el resultado final del cálculo, aun cuando la historia laboral del trabajador sea la misma.
A quiénes alcanza desde junio 2026
El nuevo esquema no está pensado para “recalcular” jubilaciones ya otorgadas: aplica a futuros beneficiarios. Quedan alcanzados:
- Trabajadores en relación de dependencia que inicien su jubilación desde el 1/6/2026.
- Personas que hayan dejado de trabajar (cese) desde el 31/5/2026, aunque el trámite se presente después.

La norma señala expresamente que se trata de la actualización de remuneraciones mensuales percibidas por trabajadores en relación de dependencia, dentro del marco previsional vigente.
Cómo se calcula: qué combina y por qué aparece el RIPTE
El corazón del cambio es que el índice se construye como un “índice combinado”. La Disposición 5/2026 explica que se aplica el mecanismo previsto por la normativa: una combinación entre el componente previsto en la Ley 27.260 (mencionado en la disposición) y el RIPTE.
¿Y qué es el RIPTE? Es la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables, un indicador previsional elaborado por la Subsecretaría/área de Seguridad Social que toma remuneraciones sujetas a aportes de trabajadores declarados de forma continua durante 13 meses o más.
Dato importante: el propio Estado aclara que el RIPTE no debe leerse como un “índice general de salarios”, sino como un indicador con objetivos previsionales y metodología específica.
Quién lo publica y cada cuánto se actualiza
La publicación del índice combinado no es “opcional”: está prevista para difundirse en forma trimestral y con metodología definida. Esto se apoya en el Decreto 104/2021, que reglamenta disposiciones de la Ley 27.609 y establece que el organismo competente debe elaborar y publicar el índice combinado y su metodología.
En la Disposición 5/2026, además, se indica que el índice fue elaborado por la Dirección Nacional de Políticas de la Seguridad Social y se aprueba junto con su anexo técnico para el período correspondiente.
Qué efecto puede tener en tu haber inicial
En la práctica, el impacto depende de tu historia laboral (años aportados, remuneraciones declaradas, lagunas, topes imponibles y períodos). Pero la lógica es clara: si el índice cambia la forma de actualizar salarios viejos, puede modificar el promedio actualizado y, en consecuencia, el monto del haber inicial.
Por eso, para quienes estén por jubilarse, cobra relevancia la fecha del cese y la fecha de inicio del trámite, ya que determinan qué coeficientes se aplican según la disposición vigente desde junio 2026.














