El futuro del Luna Park es un enigma: tres ONGs presentaron un amparo colectivo para evitar la “destrucción inminente e irreversible”
Las entidades hablan de incumplimiento al deber de preservar el patrimonio cultural y de actuar con arbitrariedad al habilitar una intervención que consideran contraria al Código Urbanístico.
Con el objetivo de frenar el proyecto aprobado por el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, al que consideran incompatible con el régimen de protección patrimonial que rige sobre el inmueble, tres ONGs presentaron un amparo colectivo para evitar la “destrucción inminente e irreversible” del Luna Park.
Las organizaciones -Asociación Civil Basta de Demoler, Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y Fundación Ciudad- sostienen que esta habilitación da lugar a una obra que excede lo permitido para un edificio declarado Monumento Histórico Nacional y catalogado con protección estructural, una categoría que prohíbe demoliciones y modificaciones de volumen.
El amparo se apoya en un informe técnico, elaborado por los arquitectos Marcelo Magadán y Francisco Girelli, que insiste en que el proyecto presentado como una “puesta en valor” constituye “la demolición encubierta de casi todo el edificio, a excepción de las fachadas, que se modifican sustancialmente”.
El escrito señala que realizarán un reemplazo de la cubierta histórica, un incremento del volumen edilicio y la construcción de un nuevo estadio de mucho mayor volumen con capacidad ampliada, que pasará de los actuales 8400 a entre 11.000 y 13.000 espectadores. Para las ONGs, estas intervenciones suponen “la pérdida irreparable del bien protegido” y constituyen “una violación de numerosos artículos del Código Urbanístico”.
En la medida cautelar, las tres asociaciones de la sociedad civil solicitaron suspender los efectos de la disposición, prohibir cualquier intervención sobre el inmueble (incluyendo demoliciones, modificaciones de fachada, reemplazo de la cubierta o excavaciones) y ordenar al gobierno de la Ciudad abstenerse de otorgar permisos basados en la factibilidad aprobada.
Qué dice el texto de las tres ONGs que se oponen a la “destrucción” del Luna Park
El escrito afirma que la protección estructural exige conservar la tipología, la materialidad exterior y los elementos que definen la forma del edificio. La normativa permite únicamente intervenciones que no alteren el volumen y establece que las adecuaciones deben realizarse en áreas de menor relevancia patrimonial, que los componentes patrimoniales pueden rehabilitarse, pero no demolerse, que pueden adicionarse elementos contemporáneos que se integren visualmente y no tengan impacto en la estética del conjunto, en la volumetría o la altura; y que las intervenciones deben ser reversibles.
El documento también remarca que las mejoras tecnológicas necesarias -como actualización de instalaciones, seguridad, iluminación y acondicionamiento- podrían ejecutarse sin demoler la cubierta ni las tribunas, sin aumentar el volumen ni modificar las fachadas. Es por eso que las ONGs sostienen que hay alternativas de rehabilitación compatibles con la normativa y que la propuesta aprobada provoca una pérdida “prácticamente total” de los componentes patrimoniales.