Federico Sturzenegger celebró un fallo judicial en contra del laboratorio Biogénesis Bagó

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, celebró este domingo que la Justicia le haya rechazado en primera instancia al laboratorio Biogénesis Bagó una medida cautelar donde objetaba resoluciones del Senasa.
Sturzenegger consideró que la empresa recurrió a la Justicia como “último bastión” para no “perder sus privilegios” y que su planteo era un “chiste”. Además, dijo que el mercado de esa vacuna está “dominado” por Biogénesis Bagó.
Según averiguó ‘La Nación’, desde la firma defienden el accionar ante la Justicia. No obstante, dijeron que la posición del mercado no tiene que ver con una aparente “falta de competencia” e indicó que algunas vacunas importadas recientemente no superaron controles.

Durante la gestión del expresidente del Senasa, Pablo Cortese, el organismo flexibilizó la normativa para que se pudieran importar productos veterinarios, como vacunas contra la aftosa, a través de un mecanismo de “equivalencia”.
También podría interesarte
Allí se estableció que, si los productos veterinarios estaban autorizados y registrados en un grupo de importantes mercados, como Estados Unidos, Canadá, Alemania, Francia, España, Italia, Países Bajos, se aplicaba la “equivalencia” para acelerar los tiempos del ingreso a la Argentina.
Asimismo se sumó Uruguay y, como en la normativa se había omitido la inclusión de Brasil, país que, si bien ahora no vacuna contra la aftosa, tiene un laboratorio que iba a proveer al grupo argentino Tecnovax, se terminó incorporando a esta nación bajo el Mercosur.
El argumento de Biogénesis Bagó y los motivos del rechazo del juez
En este contexto judicial, Biogénesis Bagó solicitó la suspensión de la vigencia y efectos de las resoluciones del Senasa 333/25, 338/25 y 525/25; esta última estableció en concreto los requisitos de ingresos para los países fundadores del Mercosur, como el caso de Brasil.
Según el escrito del juez Enrique Lavié Pico, quien rechazó la cautelar de Biogénesis Bagó, la empresa señalaba ante su oficina que “las resoluciones impugnadas son nulas de nulidad absoluta, en tanto generan un riesgo y perjuicio para la sanidad animal y la salud pública y para sus derechos y garantías constitucionales, en particular, el de igualdad, propiedad, el de ejercer industria lícita y competir en el mercado sin distorsiones. Además, aclara que fueron dictadas en un procedimiento, en el cual corroboró varias irregularidades”.

Conforme el escrito del magistrado, las resoluciones “están viciadas en su causa, toda vez que derogan las leyes 13.636 y 27.233, de orden público y de interés nacional y establecen el marco regulatorio para el cuidado de la sanidad animal, vulnerando el principio de jerarquía dentro del sistema normativo”.
Y agrega al respecto: “Estos vicios también se verifican en que no existe equivalencia regulatoria entre la Argentina y los socios del Mercosur, cuestión que aumenta el riesgo sanitario”. El juez señala que la empresa dice que se otorga “el mismo tratamiento regulatorio a un champú para perros y a la vacuna anti-aftosa“.
Por último, Lavié Pico dijo que “la demandante no probó, en este incidente preliminar, el recaudo de verosimilitud del derecho invocado ni la supuesta ilegitimidad de las resoluciones Senasa 333/25, 338/25 y 525/25, con el rigor que se necesita para adelantar una solución favorable, respecto de la materia sometida a consideración”.