Jefe y empleado.
Jefe y empleado. Foto: Freepik

El Gobierno oficializó este viernes la denominada Ley de Modernización Laboral, la cual -entre otras medidas- establece la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el cual modifica la forma en la que se pagan las indemnizaciones en el ámbito privado. Este instrumento un sistema de aportes mensuales y cuentas individuales, que respaldan a los empleadores ante eventuales despidos. A su vez, cambia la fórmula con la cual se calculan las indemnizaciones.

Con la creación del FAL las empresas quedan habilitadas a reemplazar el pago de la clásica indemnización por antigüedad mediante un sistema de capitalización, alterando la dinámica de liquidación. De esta manera, si un empleado es despedido, cobra lo acumulado en ese fondo, independientemente de la causa.

El Senado aprobó la Reforma Laboral
El Senado aprobó la Reforma Laboral con 42 votos a favor, 28 en contra y 2 abstenciones. Foto: Captura de pantalla Senado

¿Qué es y cómo funciona el Fondo de Asistencia Laboral (FAL)?

El Fondo de Asistencia Laboral es un régimen obligatorio destinado a financiar el pago de múltiples indemnizaciones previstas tanto en la Ley de Contrato de Trabajo como en otros estatutos.

A diferencia del esquema tradicional donde el empleador afronta el costo indemnizatorio, el FAL introduce un mecanismo de aportes periódicos.

El FAL se financia con una contribución mensual obligatoria por parte del empleador, que es de 1% para grandes empresas y de 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas.

En esa línea, el costo del despido deja de concentrarse en el momento de la extinción y pasa a financiarse mediante un pago que se descuenta de contribuciones a la ANSES, por lo que tiene costo cero para el empleador.

¿Qué indemnizaciones cubre el FAL?

Cabe señalar que esta herramienta no funciona como un seguro de desempleo tradicional y su uso no solo se limita a los despidos sin causa, sino que se restringe a situaciones específicas estructuradas en la LCT:

  • Preaviso.
  • Incapacidad.
  • Integración.
  • Fuerza mayor.
  • Quiebra.
  • Muerte del trabajador.
  • Contratos a plazo fijo.
  • Mutuo acuerdo.