Inocencia Fiscal: qué deben saber quienes quieran depositar dólares del “colchón” en los bancos
Los nuevos lineamientos del BCRA y la UIF cambiaron por completo la forma en que los bancos deben tratar los depósitos de dólares en efectivo: ya no pueden exigir “papeles” sin motivo, la simple tenencia de billetes no es un indicio de delito y solo deben identificar al depositante cuando se superan los 40 salarios mínimos. El objetivo es facilitar el ingreso de los dólares del colchón al sistema sin trabas innecesarias.

El reciente cambio de reglas impulsado por el Banco Central (BCRA) y la Unidad de Información Financiera (UIF) modificó de manera significativa la forma en que los bancos deben tratar los depósitos de dólares en efectivo. Con la entrada en vigencia de la Ley de Inocencia Fiscal, el sistema financiero ya no puede aplicar trabas automáticas ni exigir “papeles” sin justificación, sobre todo cuando los movimientos se mantienen dentro de los parámetros establecidos por la normativa vigente.
Menos sospecha automática y más coherencia económica
Hasta ahora, muchos bancos reaccionaban con excesiva cautela ante la llegada de dólares en efectivo, especialmente cuando no coincidían con el perfil fiscal del cliente. La nueva instrucción oficial busca revertir esa lógica: el ahorrista que guardó dólares en su casa ya no debe ser tratado como sospechoso por defecto. Las entidades tienen la obligación de revisar sus algoritmos y matrices de riesgo para dejar de disparar alertas ante cualquier inconsistencia menor.
Los organismos reguladores remarcan que, en Argentina, atesorar dólares en efectivo es una conducta económicamente racional, dadas las características históricas de inflación y volatilidad. Por lo tanto, la mera tenencia de billetes físicos no constituye un indicio automático de lavado ni de delito fiscal.

Qué pueden pedir los bancos y qué no
La normativa vigente es clara:
- No se prohíben los depósitos en efectivo, sin importar el monto, siempre que la operación sea razonable y no existan señales de alerta fuertes.
- No corresponde pedir información sobre el origen de los fondos “en línea de caja”, es decir, al momento mismo de realizar el depósito. El requisito de justificar el origen solo se activa si la operación presenta riesgos concretos.
- Solo se debe identificar al depositante y al titular de la cuenta cuando el monto supera los 40 SMVM (Salario Mínimo, Vital y Móvil), lo que hoy ronda el umbral cercano a los USD 10.000.
Con este marco, las entidades deben concentrarse en detectar actividades verdaderamente sospechosas, como movimientos vinculados con delitos de escala: narcotráfico, corrupción o lavado organizado.
Un cambio que busca atraer dólares al sistema
La flexibilización responde a una meta mayor: que los dólares hoy guardados fuera del sistema financiero ingresen al circuito bancario sin temor a sanciones injustificadas. Los expertos sostienen que esta aclaración normativa evita prácticas que terminaban desalentando al usuario común y perjudicando la inclusión financiera.
Al mismo tiempo, la Ley de Inocencia Fiscal apuesta a un enfoque que presume cumplimiento fiscal por defecto, salvo evidencia en contrario. Esto supone un giro profundo respecto de la presunción histórica de sospecha permanente.

Un nuevo escenario para el ahorrista argentino
El mensaje hacia los bancos es concreto: no bloquear depósitos sin motivo real. Para el ciudadano, esto implica un entorno más previsible, donde guardar dólares en su casa ya no es visto como una conducta irregular y donde depositarlos en el banco debería ser un trámite sencillo.
En definitiva, los cambios buscan equilibrio: facilitar que los ahorros en dólares vuelvan al sistema formal sin relajar los controles antilavado que realmente importan. Un nuevo marco donde la lógica económica —y no el prejuicio automático— marca el camino.

















