Nuevo aumento para trabajadores domésticos: ¿cuánto cobrarán a partir de enero?

Este mes las empleadas domésticas cobrarán el último porcentaje de aumento acordado en la paritaria de diciembre. Las negociaciones habían comenzado el año pasado, donde llegaron a un acuerdo por un incremento salarial del 34% que se dividía en tres partes: un 12% en octubre y noviembre, y un 10% para diciembre, acumulando así un 154% interanual.
Para negociar los aumentos, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares partió de las distintas categorías salariales, tomando en cuenta la más baja correspondiente al personal de tareas generales y a la más alta, la categoría de supervisor.

Actualización de sueldos para trabajadores de casas particulares. Foto: NA.
De esta manera, los empleados de tareas generales con retiro pasarán a cobrar un sueldo de $1.416, 50 la hora, y sin retiro $1.528, llegando así a los $193.217 mensuales. En el caso del personal encargado del cuidado de personas, la hora aumentará a $1.528 con retiro, y sin retiro se irá a $1.708,50, por lo que mensualmente cobrarán un total de $215.320.
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En relación al personal de tareas específicas, estos pasarán a percibir $1.617,50 la hora con retiro y $1.773 sin retiro, llegando así a los $220.449 por mes. Por último, la categoría más alta, la de supervisor, pasará a cobrar entre $1.708 y $1.871,50 dependiendo cada caso, por lo que a fin de mes aquellos que trabajen con retiro percibirán un total de $213.159,50, mientras que aquellos que no tengan retiro cobrarán $237.435,50.
¿Cómo calcular las vacaciones del servicio doméstico?
Los trabajadores de casas particulares, que van desde supervisores, caseros, niñeras, cuidadores y personal de tareas específicas y generales, cuentan con un esquema de días de descanso que dependerá del tiempo trabajado.

Personal doméstico, NA
De acuerdo con la legislación, el empleado tiene derecho a tomarse vacaciones entre el 1° de noviembre y el 30 de marzo de cada año, cuya cantidad de días dependerá de la antigüedad teniendo en cuenta la siguiente regla:
- Menos de 6 meses: 1 día de descanso por cada 20 días trabajados.
- De 6 meses a 5 años: 14 días.
- De 5 a 10 años: 21 días.
- De 10 a 20 años: 28 días.
- Más de 20 años: 35 días.
En cambio, de que la incorporación del empleado haya sido reciente, el esquema proporcional de días de descanso se realizará de acuerdo a las horas trabajadas.