Prestación por Desempleo de ANSES: cuándo y quiénes la cobran, requisitos y monto

Todo lo que hay que saber sobre la asignación y cómo tramitarla.
Desempleo. Foto: NA.
Desempleo. Foto: NA.

Las personas que reciben la Prestación por Desempleo son aquellas que han trabajado bajo relación de dependencia y cumplen con todos los requisitos establecidos. También deben haber sido autorizadas por el Estado para recibir esta asignación.

Nuevo bono de ANSES. Foto: NA
Nuevo bono de ANSES. Foto: NA

Prestación de ANSES. Foto: NA

De este modo, el monto entregado por ANSES está dirigido a trabajadores en relación de dependencia comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013 que estén incluidos en cualquiera de estos panoramas:

  • Tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato, en caso de ser trabajador permanente.

  • Haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo, si sos trabajador eventual y de temporada.

  • Los trabajadores de la construcción comprendidos en el Régimen Nacional de la Construcción Ley N° 25.371 deben tener al menos 8 meses de trabajo, con aportes en los últimos 2 años anteriores al despido o finalización de obra.

En el caso de los primeros dos grupos de trabajadores mencionados, el monto y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan según sus ingresos y meses trabajados, con aportes, durante los últimos 3 años. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.

Trabajadores. Foto: Unsplash.
Trabajadores. Foto: Unsplash.

Trabajadores. Foto: Unsplash.

La situación de quienes se dedican a la construcción es muy distinta, dado que para trabajadores permanentes, el monto y la cantidad de cuotas (entre 3 y 8) se calculan según los ingresos y meses trabajados con aportes durante los últimos 2 años.

En el caso de un trabajador eventual o de temporada que trabajó con aportes un año o más, se aplica el mismo criterio que para un trabajador permanente. Si lo hizo por menos de un año, le corresponderá un día por cada 3 de servicio. Igualmente, los trabajadores mayores a 45 años también cobran durante 6 meses más.

Cómo solicitar la Prestación por Desempleo

Luego de ingresar al portal de turnos para realizar el trámite, es necesario reunir todos los documentos necesarios. Además del DNI, original y copia, se requiere documentación documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso del que se trate:

  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.

  • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.

  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.

  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.

  • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.

  • Padecimiento de una enfermedad/accidente al momento de producirse el cese en el último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

Si hubo un cruce de telegramas con el empleador y el trabajador se consideró despedido, se deberá realizar un trámite previo.

Cuándo se cobra la Prestación por Desempleo

  • DNI terminados en 0 y 1: 26/6
  • DNI terminados en 2 y 3: 27/6
  • DNI terminados en 4 y 5: 28/6
  • DNI terminados en 6 y 7: 1/7
  • DNI terminados en 8 y 9: 2/7