Cómo funciona el veto presidencial: cuántas veces Javier Milei puede rechazar un proyecto de ley aprobado en el Congreso

Luego de que la sesión de Diputados de este miércoles rechazara los vetos a las leyes de discapacidad y de jubilaciones que planteó el oficialismo, surgen dudas respecto a la herramienta que la Constitución Nacional le da al Presidente para evitar que un proyecto aprobado por las dos cámaras del Congreso se convierta en ley.
Para comprender mejor este mecanismo, cabe aclarar que, una vez que la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores sancionan un proyecto de ley, esta pasa al Poder Ejecutivo.

Una vez que el proyecto de ley llega a la puerta del presidente de la Nación, el mandatario puede aprobar y promulgar la ley para completar así el proceso legislativo (esto lo puede hacer por medio de un decreto o bien “promulgación de hecho”, ya que si el presidente no se pronuncia pasados diez días hábiles desde que se le comunicó la norma se promulga automáticamente) o vetar la ley, de forma total o parcial (en caso de veto parcial, puede promulgar parcialmente la parte no vetada cuando no desvirtúe el espíritu del proyecto sancionado por el Congreso).
Las posibilidades del Congreso ante un veto del presidente
En caso de que el presidente vete la ley, el proyecto vuelve al Poder Legislativo, que puede aceptar el veto o insistir en su sanción. Si ambas cámaras cuentan con dos tercios de los votos para imponer su criterio inicial, la ley se promulga, aunque el presidente no esté de acuerdo. Si no lo consiguen, se mantiene el veto del presidente y el proyecto no puede volver a tratarse en las sesiones de ese año.
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No basta con la insistencia de una sola de las cámaras: las dos deben conseguir los dos tercios para neutralizar la intervención del presidente.
La insistencia del Congreso puede ser total o parcial. Esto implica que las Cámaras pueden aceptar algunas objeciones del mandatario y rechazar otras, pero el Congreso no puede hacerle nuevas modificaciones al proyecto.