Elecciones legislativas 2025: qué multa o pena puede recibir una autoridad de mesa si no se presenta

El próximo domingo 26 de octubre se celebran las elecciones legislativas en todo el territorio nacional, y muchas personas se preguntan qué sucede si fueron designadas como autoridades de mesa y no se pueden presentar a realizar esta labor.
El Código Electoral Nacional (CNE) es muy claro en este punto: establece que ser autoridad de mesa es un deber cívico obligatorio, pero, de todos modos, contempla ciertas excepciones.

Elecciones legislativas 2025: la obligatoriedad de ser autoridad de mesa
Si una persona es designada como autoridad de mesa, esta tarea es de índole obligatoria. El Código Electoral Nacional lo define como un rol cívico esencial, obligatorio y remunerado. Por lo tanto, se debe estar presente (si se fue designado) durante toda la jornada que tiene lugar la elección, ingresando un rato antes de que comience la misma a las 8.00 h y retirándose una vez se hayan contado los votos en la mesa en la que ejerce la autoridad.
Por tanto, no asistir como autoridad de mesa puede generar consecuencias legales si es que no hay una justificación acertada que acredite la ausencia.
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¿Cuáles son los motivos que excusan la ausencia como autoridad de mesa?
El Artículo 75 del CEN plantea que quienes sean designados pueden excusarse dentro de los tres días de haber sido notificados. Las razones para hacerlo son:
- Por razones de enfermedad (justificada).
- Por razones de fuerza mayor (justificada).
Cabe aclarar que los certificados médicos deben ser emitidos por profesionales de la salud nacional, provincial o municipal.
Además, se pueden excusar aquellas personas que sean candidatos o tengan funciones directivas en un partido político, con la documentación correspondiente como acreditación.
¿Cómo hacer la excusación para no presentarse como autoridad de mesa?
Para presentar la excusa de manera oficial, se debe ingresar al siguiente link y seguir los pasos que a continuación se describen:
- Hacer clic en “Solicitar excusación”.
- Seleccionar el distrito electoral y continuar.
- Completar el formulario con datos personales, motivo de excusación y subir la documentación que lo respalde.
Entre los motivos que pueden elegirse figuran: “Enfermedad propia”, “Enfermedad/Cuidado de familiar”, “Tareas electorales”, “Motivos laborales”, “Actividad partidaria” y “Otras”.
Cabe resaltar que el sistema advierte que la solicitud no garantiza la aprobación de manera inmediata, dado que debe ser revisada por la Justicia Electoral.

Autoridades de mesa: penas por no presentarse en las elecciones
Por otro lado, el Artículo 132 del CEN establece una pena de seis meses a dos años de prisión para aquellos que se ausenten sin causa o abandonen su función como autoridad de mesa en plena elección.
Entretanto, el Ministerio del Interior informó que las autoridades de mesa recibirán $40.000 por su labor el día de la elección. En caso de que se haya completado la capacitación ofrecida por la Justicia Nacional Electoral, se suma un pago adicional de $40.000.