Ley de Emergencia en Discapacidad: un juez habilitó la feria judicial para ejecutar el fallo contra el Estado
El magistrado consideró que la demora en la aplicación de la norma podía causar un “daño irreparable” a las personas con discapacidad y a quienes dependen del sistema de prestaciones
El Juzgado Federal de Campana, a cargo del juez federal Adrián González Charvay, decidió abrir la feria judicial de verano para avanzar con la ejecución de la sentencia que ordenó aplicar de inmediato la Ley de Emergencia en Discapacidad en todo el país. La medida fue adoptada pese a que el Gobierno nacional apeló el fallo y busca revertirlo ante la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín.
La resolución estableció que se cumplían los requisitos legales para permitir la actividad judicial durante el receso de enero y dispuso que la feria fuera circunscrita al cumplimiento de la sentencia definitiva ya dictada en la causa. El magistrado consideró que la demora en la aplicación de la norma podía causar un “daño irreparable” a las personas con discapacidad y a quienes dependen del sistema de prestaciones.
La Ley 27.793, que declaró la emergencia nacional en materia de discapacidad, fue sancionada por el Congreso en julio de 2025, pero fue inicialmente vetada en su totalidad por el presidente Javier Milei por razones de sostenibilidad fiscal. Tras la insistencia legislativa con votos de dos tercios en ambas cámaras, la norma quedó promulgada y en principio debía ejecutarse sin condiciones presupuestarias adicionales.
El Poder Ejecutivo había dictado el Decreto 681/2025, que incluyó un artículo mediante el cual se comunicaba la ley al Congreso “con el fin de que incluya las partidas correspondientes en el presupuesto nacional que permitan la ejecución” de la norma. Ese artículo fue declarado inválido por el juez al considerar que subordinaba la aplicación de una ley formal del Congreso a normas de jerarquía inferior, lo que violenta la Constitución Nacional.
El fallo en favor de la ejecución inmediata de la Ley de Emergencia en Discapacidad se tomó incluso con el recurso de apelación presentado por el Gobierno ante la Cámara Federal de San Martín, que fue concedido “con efecto devolutivo”. Esto significa que la sentencia debe cumplirse mientras se revisa en segunda instancia, salvo que ese tribunal disponga lo contrario más adelante.
El conflicto reflejó un punto de tensión entre el Poder Judicial, el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo sobre la aplicación de normas aprobadas por el Congreso que implican impacto presupuestario y la obligación de garantizar derechos fundamentales. La decisión de habilitar la feria judicial para avanzar con la ejecución marca un paso significativo en la disputa, dado que las apelaciones no suspenden automáticamente el cumplimiento de la sentencia en primera instancia.