Los judiciales marcharon contra el traspaso de la Justicia laboral a la Ciudad.
Los judiciales marcharon contra el traspaso de la Justicia laboral a la Ciudad. Foto: Cuenta de Twitter de la CGT

La Justicia decidió suspender de manera excepcional la aplicación de 82 artículos de la Reforma Laboral impulsada por el Gobierno Nacional y aprobada el pasado el 27 de febrero de 2026 en el periodo de sesiones extraordinarias del Congreso. Así lo dictó el juez Raúl Ojeda, quien defendió la medida tomada bajo el pretexto de evitar daños hasta que salga la sentencia definitiva.

La medida se enmarca en el contexto del plan impulsado por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra la Reforma Laboral. El gremio inició una acción colectiva contra el Estadio Nacional destinada a lograr la anulación judicial de la ley. Según indicaron desde el sindicato, existe materia judicial suficiente para analizar su eventual inconstitucionalidad.

Marcha de la CGT a Tribunales en contra de la reforma laboral. Foto: NA

Reforma Laboral: la explicación del juez sobre la suspensión de 82 artículos

Según explicó Raúl Ojeda, este tipo de medidas no requiere certeza absoluta sobre la validez del planteo, sino la verificación de una “apariencia razonable” del derecho invocado, junto con el riesgo de que la demora judicial pueda generar daños de difícil reparación. “Es una medida extraordinaria para una situación extraordinaria. No hemos tenido leyes que creen situaciones extraordinarias como estas”, aseguró Ojeda en diálogo con Radio Rivadavia.

“En la medida cautelar uno tiene que evaluar si es posible que haya vicios de inconstitucionalidad en este caso”, detalló el magistrado, y sostuvo. “Hay principios del derecho del trabajo, de protección, de regresividad, que denotan en una primera mirada que se están vulnerando. Ahora el Estado nacional debe contestar sobre la cautelar y defender los artículos que son objeto de la acción”, concluyó el juez", agregó.

Marcha de la CGT a Tribunales en contra de la reforma laboral. Foto: NA

En el fallo del 30 de marzo, Raúl Ojeda reafirmó que para dictar una medida cautelar no se requiere una certeza absoluta sobre el derecho invocado. Según lo explicitado, basta con que haya una apariencia razonable que justifique una tutela preventiva mientras se discute el fondo del asunto. Esa lógica es la que habilitó la suspensión provisoria de las disposiciones cuestionadas, al menos, hasta que exista una sentencia definitiva.

La respuesta del Gobierno tras el fallo para suspender 82 artículos de la Reforma Laboral

El Ministerio de Capital Humano informó este lunes 30 de marzo que el Gobierno apelará el fallo del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 63 que dispuso la suspensión cautelar de un conjunto de artículos de la reforma laboral. La presentación se realizará con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, según indicó la cartera en un comunicado.

El Gobierno apelará el fallo que suspende de manera cautelar 82 artículos Foto: X @MinCapHum_Ar

“El Ministerio rechaza los intentos de quienes, priorizando intereses corporativos y sectoriales, pretenden obstaculizar las reformas necesarias para superar el desempleo y el estancamiento que caracterizaron etapas anteriores de nuestra historia”, indicó el organismo.

La decisión oficial se conoció horas después de que trascendiera la resolución judicial que hizo lugar a un planteo de la Confederación General del Trabajo (CGT) y frenó de manera provisoria la aplicación de parte de la ley 27.802, vinculada a la Reforma Laboral. El objetivo del Ejecutivo es revertir la medida cautelar para restituir la vigencia de los artículos cuestionados mientras continúa la discusión de fondo en la Justicia.