Anses entrega un nuevo bono desde julio: requisitos necesarios y fechas de cobro

La Administración Nacional de la Seguridad Social abonará dos cifras extras desde julio de $17.000 y $20.000.
Oficinas del ANSES. Foto: Twitter @ansesgob.
Oficinas del ANSES. Foto: Twitter @ansesgob.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) informó de un pago de bonos extraordinarios que tendrán un valor de $17.000 y $20.000. Esto tendrá el objetivo de reforzar los ingresos de los sectores más vulnerables de la población y ya tiene el calendario de pagos confirmado.

Además, esto se suma al refuerzo de ingresos de $15.000 que los jubilados y pensionados recibieron durante junio. También llega a los beneficiarios de la Asignación Universal por hijo (AUH) y AUE que tienen su plus hasta el martes 27 de junio.

ANSES Calendario de pagos noviembre 2022
ANSES Calendario de pagos noviembre 2022

ANSES brindará un nuevo bono para beneficiarios de algunos planes. Foto: Archivo.

¿Qué es el nuevo bono de Anses y qué requisitos tiene para cobrarlo?

Anses informó que se recibirán tres cobros consecutivos entre junio y agosto, que van desde $15.000 en el primer mes hasta los $20.000 en el último. Los que recibirán estas sumas serán jubilados y pensionados, junto con los titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC) y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

Con respecto a los requisitos, más allá de ser parte de los programas mencionados. Para recibir el dinero, el sueldo mensual tiene que ser menor a $70.938, aunque los que superen ese monto también recibirán algo. Anses decidió que habrá un bono variable de hasta $5.000 para los que cobren menos de dos haberes mínimos.

Sobre los pagos, los bonos se recibirán en las mismas fechas que se cobra el resto de los haberes correspondientes a julio y agosto.

Oficina de ANSES, NA
Oficina de ANSES, NA

Oficina de ANSES. Foto: NA.

Fechas de cobro de los nuevos bonos de Anses

Pensiones No Contributivas (PNC)

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 3 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 4 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 5 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 6 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de julio de 2023.

Jubilados que cobran un haber mínimo

  • Documentos terminados en 0, a partir del día 10 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 1, a partir del día 11 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 2, a partir del día 12 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 3, a partir del día 13 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 4, a partir del día 14 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 5, a partir del día 17 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 6, a partir del día 18 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 7, a partir del día 19 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 8, a partir del día 20 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 9, a partir del día 21 de julio de 2023.

Jubilados que perciben más de un haber mínimo: fecha de cobro julio 2023

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 24 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 25 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 26 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 27 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 28 de julio de 2023.

Pensiones no contributivas: ¿cuándo cobro?

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 1 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 2 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 3 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 4 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de agosto de 2023.

Jubilados y pensionados con un haber mínimo agosto 2023

  • Documentos terminados en 0, a partir del día 8 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 1, a partir del día 9 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 2, a partir del día 10 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 3, a partir del día 11 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 4, a partir del día 14 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 5, a partir del día 15 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 6, a partir del día 16 de agosto de 6023.
  • Documentos terminados en 7, a partir del día 17 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 8, a partir del día 18 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 9, a partir del día 22 de agosto de 2023.

Jubilados que perciben más de un haber mínimo: calendario de agosto 2023

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 23 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 24 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 25 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 28 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 29 de agosto de 2023.