Sorpresivo feriado en Argentina este jueves 13 de noviembre: quiénes disfrutarán de un descanso extra

La fecha ya fue confirmada como asueto por parte de las entidades estatales.
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Calendarios Foto: Freepik

Comenzado el mes noviembre, el fin del 2025 se va acercando. Tras un año agotador, muchos buscan en el calendario cuándo será el próximo feriado para descansar y en este sentido, miles de trabajadores podrán disfrutar de uno nuevo el próximo jueves 13 de noviembre.

Quienes puedan gozar de este beneficio, podrán disfrutar de un día adicional para una mini escapada, porque tendrán un asueto extra para aprovechar el apogeo de la temporada de primavera.

Por qué es feriado el 13 de noviembre de 2025

Este día en particular no forma parte del calendario de feriados a nivel nacional y solo será local. El partido de Salliqueló celebrará su aniversario fundacional, pero no será el único que estará de festejos.

La localidad de Arribeños, del partido de General Arenales, también conmemorará su fundación. Esto afectará las actividades del sector público, que podrán gozar de un merecido descanso. Por su parte, el resto deberá esperar la decisión de sus empleadores sobre si se adhieren o no al asueto.

Calendario Foto: Unsplash

Feriados 2025: calendario de inamovibles y trasladables

Feriados inamovibles de 2025

  • Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
  • jueves 25 de diciembre: Navidad

Feriados trasladables de 2025

  • Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se traslada del jueves 20 de noviembre)

Diferencias entre feriado nacional y día no laborable

Un feriado nacional representa una jornada de descanso obligatoria para todos los trabajadores del sector público y privado. Si un empleado presta servicios durante un feriado nacional, el empleador debe abonar un pago doble.

Un día no laborable es de carácter optativo para el empleador. La empresa o el organismo puede decidir si otorga el día libre a su personal o si requiere que se trabaje de manera normal.

En caso de que se trabaje, el empleado percibe su salario simple, sin ningún tipo de recargo adicional. El régimen de pago doble no aplica para los días no laborables.