Maltrato animal en Santiago del Estero: una mujer fue acusada de arrojarle aceite caliente a un perro callejero

En la ciudad de Santiago del Estero sucedió un hecho brutal de maltrato animal, que quedó registrado en las cámaras de seguridad instaladas en la calle. Una mujer fue grabada mientras le arrojaba aceite caliente a un perro callejero que solía merodear por la zona para alimentarse.
El hecho ocurrió el 6 de junio a las 19:35, en la intersección de Avenida Belgrano y calle Constitución, frente a un puesto de venta de churros. En las imágenes, que se conocieron en las últimas horas, se puede ver como la empleada corre al perro y le arroja agua caliente para espantarlo.
El video fue aportado por una empleada de la Dirección de Género, quien detectó la agresión al revisar las cámaras y, según la denunciante, tanto ella como sus compañeros de la repartición pública solían alimentar a dos perros callejeros que frecuentaban el lugar.
La denuncia fue radicada la mañana del lunes 9 de junio, cuando el perrito apareció con graves quemaduras en su cuerpo y, a partir de ese momento, solicitaron las grabaciones y se encontraron con la escena del ataque.
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“En el video se ve claramente cómo una trabajadora le echa un recipiente con aceite caliente al perro”, detalló en la Comisaría Segunda, donde radicó la denuncia formal.
La causa quedó en manos de la fiscal Celia Mussi, quien ordenó identificar a la agresora y avanzar con la investigación, ya que se trata de una clara violación de la ley argentina que aborda el maltrato animal, que establece penas de prisión de quince días a un año para quienes maltraten o ejerzan crueldad contra los animales.

Por otro lado, el perro permanece bajo tratamiento veterinario y recibe antibióticos, cremas y calmantes para aliviar las heridas. Una vez que se encuentre recuperado, será dado en adopción responsable.
Qué establece la ley de Maltrato Animal
En Argentina, la Ley de Maltrato Animal principal es la 14.346, sancionada el 27 de septiembre de 1954 y promulgada el 27 de octubre de 1954. Esta ley establece penas para las personas que maltraten o realicen actos de crueldad contra los animales, y es considerada pionera en América Latina. A continuación, se detallan los puntos clave de la ley:
Disposiciones principales de la Ley 14.346:
Penas:
Según el Artículo 1º, se establece una pena de prisión de 15 días a 1 año para quien inflija malos tratos o cometa actos de crueldad contra animales.
Actos considerados maltrato (Artículo 2º):
- No alimentar adecuadamente a animales domésticos o cautivos en cantidad y calidad suficiente.
- Usar instrumentos que causen dolor innecesario (como látigos) para estimularlos en el trabajo.
- Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin descanso adecuado, según las condiciones climáticas.
- Emplearlos en trabajos cuando no estén en buen estado físico.
- Estimularlos con drogas sin fines terapéuticos.
- Usarlos para tirar vehículos que excedan notablemente sus fuerzas.

Actos considerados crueldad (Artículo 3º):
- Practicar vivisección (disección de animales vivos) con fines no científicamente demostrables o sin autorización.
- Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo para marcación, higiene o por motivos de piedad.
- Realizar cirugías sin anestesia y sin título de médico o veterinario, salvo en casos de urgencia.
- Experimentar con animales de grado superior al necesario según la naturaleza del experimento.
- Abandonar a los animales usados en experimentos.
- Matar animales en estado de embarazo, salvo en industrias legalmente establecidas que exploten el nonato.
- Lastimar o atropellar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios, o matarlos por perversidad.
- Organizar o realizar actos públicos o privados de peleas de animales, corridas de toros, novilladas o parodias donde se mate, hiera u hostilice a los animales