Reforma laboral otra vez vigente: punto por punto, qué pasa ahora con vacaciones e indemnizaciones
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó sin efecto la cautelar que había frenado parte de la reforma laboral y volvió a poner en vigencia cambios sobre vacaciones, indemnizaciones, jornada laboral y período de prueba.

La reforma laboral aprobada por el Congreso volvió a quedar operativa luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejara sin efecto la cautelar impulsada por la CGT. Con esa resolución, recuperaron vigencia más de 80 artículos que introducen cambios sobre vacaciones, indemnizaciones, administración de la jornada laboral y resolución de conflictos judiciales.
Uno de los puntos que vuelve a activarse es el banco de horas, un sistema que habilita a empleadores y trabajadores a pactar por escrito la compensación de horas extraordinarias. La norma admite distintos esquemas, como la acumulación de horas, su compensación con descansos o el otorgamiento de francos compensatorios.
Esos acuerdos deberán quedar registrados y respetar los límites previstos por la ley. Entre ellos, se mantiene la exigencia de un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas para resguardar la salud del trabajador.
El esquema apunta a dar mayor flexibilidad en la organización del tiempo de trabajo. En la práctica, permite combinar días de mayor carga horaria con otros de menor extensión, siempre que no se excedan los topes semanales legales o los que establezca el convenio colectivo de la actividad.
Vacaciones: nuevos acuerdos y posibilidad de fraccionarlas

En materia de vacaciones, la ley conserva el período habitual de otorgamiento entre octubre y abril, aunque abre la posibilidad de que empleador y trabajador acuerden tomarlas fuera de esa franja. Además, habilita el fraccionamiento de la licencia en tramos de al menos siete días corridos.
La normativa también fija una condición para las empresas que organicen vacaciones de manera no simultánea entre sectores o grupos. En esos casos, el empleador deberá asegurar que cada trabajador pueda acceder al descanso en temporada de verano al menos una vez cada tres años.
Indemnizaciones, fondo de cese y cambios en los despidos

Otro de los cambios centrales aparece en las indemnizaciones por despido sin causa. La nueva redacción limita la base de cálculo a la remuneración mensual, normal y habitual, por lo que quedan excluidos conceptos no mensuales como aguinaldo y vacaciones.
La ley además establece que esa indemnización será la única compensación derivada del despido y modifica el sistema de actualización de los créditos laborales. A partir de ahora, esos montos deberán ajustarse por IPC más un adicional del 3% anual.
Dentro del nuevo esquema se incorpora el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), pensado como complemento del régimen tradicional para afrontar los costos de las desvinculaciones. Ese fondo se financiará con aportes mensuales obligatorios de los empleadores. A la vez, la norma habilita que los convenios colectivos creen fondos de cese laboral con capitalización individual, de modo que el trabajador cobre el monto acumulado al finalizar el vínculo en reemplazo de la indemnización clásica.
Período de prueba, empleo no registrado y registro digital

La reforma también amplía el período de prueba a seis meses para la mayoría de los trabajadores, con la posibilidad de extenderlo a ocho meses en empresas de hasta cinco empleados. Durante ese plazo, el vínculo podrá terminar sin indemnización, aunque el empleador deberá registrar la relación desde el inicio y cumplir con los aportes correspondientes.
Entre otros cambios, desaparecen las multas de la Ley 24.013 para casos de empleo no registrado o registrado de manera deficiente. En su lugar, se prevé un esquema de regularización sin sanciones, aunque con obligación de pagar diferencias salariales y previsionales. Además, el registro ante ARCA pasará a ser suficiente, los libros laborales podrán llevarse en formato digital durante 10 años y los salarios deberán abonarse exclusivamente por vía bancaria o mediante entidades oficiales.
















