ANSES cambia el calendario de pagos de diciembre: cuándo cobran jubilados y pensionados con aumento, bono y aguinaldo
El organismo previsional dispuso que los depósitos comiencen a partir de una fecha especial. Cabe señalar que lo único que se cambió es el día, por lo que se mantiene el orden de cobro por terminación de DNI.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ajustó el cronograma de pagos de diciembre, por lo cual jubilados y pensionados notarán un atraso en la acreditación de haberes, aguinaldo y bono extraordinario. Esta reprogramación se debe al feriado del lunes 8 de diciembre, cuando se celebra la Inmaculada Concepción de la Virgen María.
En ese contexto, el organismo previsional dispuso que los depósitos comiencen a partir del martes 9 de diciembre. Cabe señalar que lo único que se cambió es la fecha, por lo que se mantiene el orden de cobro por terminación de DNI.

El último mes del año incluye el pago del medio aguinaldo, el bono para quienes perciben la mínima y el aumento del 2,34%, calculado según la inflación de octubre.
Calendario de pagos ANSES en diciembre 2025
Jubilados que cobran la mínima
- DNI terminados en 0: martes 9 de diciembre de 2025.
- DNI terminados en 1: miércoles 10 de diciembre de 2025.
- DNI terminados en 2 y 3: jueves 11 de diciembre de 2025.
- DNI terminados en 4 y 5: viernes 12 de diciembre de 2025.
- DNI terminados en 6 y 7: lunes 15 de diciembre de 2025.
- DNI terminados en 8 y 9: martes 16 de diciembre de 2025.
Jubilaciones que superan el mínimo
- DNI terminados en 0 y 1: miércoles 17 de diciembre de 2025.
- DNI terminados en 2 y 3: jueves 18 de diciembre de 2025.
- DNI terminados en 4 y 5: viernes 19 de diciembre de 2025.
- DNI terminados en 6 y 7: lunes 22 de diciembre de 2025.
- DNI terminados en 8 y 9: martes 23 de diciembre de 2025.
Pensiones no contributivas (PNC)
- DNI terminados en 0 y 1: martes 9 de diciembre de 2025.
- DNI terminados en 2 y 3: miércoles 10 de diciembre de 2025.
- DNI terminados en 4 y 5: jueves 11 de diciembre de 2025.
- DNI terminados en 6 y 7: viernes 12 de diciembre de 2025.
- DNI terminados en 8 y 9: viernes 12 de diciembre de 2025.
Además, con estas fechas, ANSES se asegura que todos los beneficiarios cobren antes de las fiestas de Navidad y Fin de Año.
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Cuánto cobran los jubilados en diciembre 2025
Si se tienen en cuenta el aumento del 2,34%, el bono de $70.000 y el aguinaldo, los haberes de diciembre quedarán con los siguientes montos:
- Jubilación mínima: $581.319,38 ($340.879,59 + bono de $70.000 + aguinaldo)
- Jubilación máxima: $3.440.695,38 ($2.293.796,92 + aguinaldo)
- Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $479.055,5 ($ 272.703,67 + bono de $70.000 + aguinaldo)
- Pensiones No Contributivas (PNC) por invalidez o vejez: $427.923,56 ($238.615,71 + bono de $70.000 + aguinaldo)
- PNC madre de siete hijos: $581.319,38 ($340.879,59 + bono de $70.000 + aguinaldo)

Jubilados ANSES: el Gobierno reemplazó el método de cálculo
El Gobierno Nacional oficializó un cambio de gran impacto para el sistema previsional argentino que implica que las jubilaciones iniciales se calcularán con un nuevo índice combinado que actualiza los salarios tenidos en cuenta para determinar el haber de origen.
A través de la Disposición 29/2025 publicada en el Boletín Oficial, quedó formalizada la medida, que reemplaza el criterio utilizado hasta noviembre y busca que los futuros jubilados reciban ingresos más acordes con la evolución real de sus sueldos y con la inflación acumulada de los últimos años.
Su aplicación se hace efectiva para aquellos trabajadores que finalizan su actividad laboral este 30 de noviembre de 2025 o aquellos que inicien su trámite jubilatorio desde el 1° de diciembre en adelante.
Para construir este índice se toman en cuenta los siguientes valores:
- RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), que mide la evolución de los salarios formales.
- Índice de movilidad previsional, establecido por la Ley 27.260, que determina los aumentos periódicos para jubilaciones, pensiones y asignaciones.
Un dato a tener muy en cuenta es que este cambio no incide ni modifica la fórmula de movilidad vigente para los jubilados actuales, ya que solo afecta al primer haber, en efecto, al monto que un trabajador cobra al momento de jubilarse.



















