Confirman el nuevo salario mínimo en Argentina: cuánto se cobrará hasta agosto 2026
A través del Boletín Oficial, la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social anunció los nuevos montos y los aumentos que se darán en los próximos meses.
Se conoció el nuevo esquema de actualizaciones del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), decretado por el Gobierno. El mismo regirá entre noviembre 2025 y agosto de 2026, como indica la Resolución 9/2025 que salió en el Boletín Oficial.
Cabe recordar que el Consejo del Salario no alcanzó un acuerdo entre los sindicatos y los empleadores, por lo que la medida fue tomada por las autoridades nacionales.
La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social confirmó que le anuncio llegó tras la reunión del 26 de noviembre que no consiguió un consenso.
De cuánto es el nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil
El esquema marca aumentos mensuales del SMVM durante los próximos diez meses. Los montos iniciales, correspondientes a noviembre 2025, marca al salario mínimo en $328.400 para aquellos que cumplen la jornada legal completa, además de $1.642 por hora para aquellos jornalizados. Las cifras impactarán para los que se encuentran en el marco de la Ley de Contrato de Trabajo, en el régimen agrario, en la administración pública nacional y en entidades del Estado.
Mes a mes: a cuánto sube el salario mínimo hasta agosto 2026
- Noviembre: $328.400.
- Diciembre: $334.800.
- Enero: $341.000.
- Febrero: $346.800.
- Marzo: $352.400.
- Abril: $357.800.
- Mayo: $363.000.
- Junio: $367.800.
- Julio: $372.400.
- Agosto: $376.600.
Mes a mes: a cuánto sube la hora de trabajo hasta agosto 2026
- Noviembre $1.642.
- Diciembre: $1.674.
- Enero: $1.705.
- Febrero: $1.734.
- Marzo: $1.762.
- Abril: $1.789.
- Mayo: $1.815.
- Junio: $1.839.
- Julio: $1.862.
- Agosto: $1.883.
Cómo afecta a la Prestación por Desempleo
La nueva medida del Gobierno indica también que impacta una actualización del mecanismo de la Prestación por Desempleo, que brinda la ANSES.
De ahora en más, el beneficio será del 75% del salario mensual neto más alto que el empleado haya recibido en los últimos seis meses. El piso y el techo estará conectado directamente con el SMVM, ya que nunca podrá ser menor al 50% del salario mínimo ni superior al 100%.
La normativa indica, por último, que la Secretaría de Trabajo debe registrar, comunicar y publicar la resolución en el Boletín Oficial para que entre en vigencia.
Los empleadores que se encuentren bajo la Ley de Contrato de Trabajo, así como en los regímenes especiales, deberán mantenerse dentro de los valores mencionados por las autoridades nacionales.