Vacaciones pagas: cuántos días corresponden en Argentina según la antigüedad laboral
La Ley de Contrato de Trabajo regula el descanso anual de los trabajadores y ARCA define los plazos de acuerdo a los años de servicio, el período para tomarlas.

La época estival, ese momento en el que muchos argentinos deciden tomarse un receso de sus trabajos y salir de vacaciones, siempre es acompañada de una duda frecuente entre los trabajadores que tiene que ver con cuántos días de vacaciones pagas les corresponden, según el período en el que estuvieron ocupados con sus oficios o profesiones.
En la Argentina, este derecho está contemplado en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT N.º 20.744) y su aplicación es regulada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que establece los plazos de acuerdo con la antigüedad del empleado en la empresa.

Hay que tener en cuenta que las vacaciones no solo representan un beneficio laboral, sino que cumplen una función clave para la salud física y mental de los trabajadores. Por este motivo, los empleadores están obligados a respetar los plazos legales y a abonar la remuneración correspondiente durante el período de descanso.
¿Cómo calcular cuántos días de vacaciones corresponden?
Para saber cuántos días de vacaciones corresponden, es fundamental considerar la antigüedad que se tenga al 31 de diciembre del año anterior. Según la normativa vigente, el trabajador debe haber prestado servicios durante al menos seis meses para acceder al derecho a vacaciones.
En caso de no haber completado ese período, se otorga un día de descanso por cada 20 días efectivamente trabajados.
Una vez cumplido el primer año, la cantidad de días se incrementa de manera progresiva. Quienes tengan una antigüedad menor a cinco años acceden a 15 días corridos de vacaciones.
Aquellos que registren entre cinco y diez años de trabajo cuentan con 21 días; entre diez y veinte años, 28 días; y quienes superen los veinte años de antigüedad tienen derecho a 35 días consecutivos.
¿Cuándo se pueden tomar las vacaciones?
El período legal para el otorgamiento de vacaciones se extiende desde el 1 de noviembre hasta el 30 de marzo. No obstante, existe la posibilidad de fraccionarlas o tomarlas en otro momento del año, siempre que haya un acuerdo previo entre el trabajador y el empleador.

En cuanto a las llamadas “vacaciones pagas”, la Ley de Contrato de Trabajo establece que la remuneración debe abonarse por adelantado, al inicio del descanso. El pago incluye el salario habitual y los adicionales que se perciban de manera regular, como comisiones u horas extras fijas. Además, durante este período no se realizan descuentos por aportes jubilatorios ni de obra social, garantizando así el cobro íntegro del salario correspondiente.



















